Contabilidad sociedad no lucrativa

Resulta que un grupo de amigas estamos haciendo un tipo de sociedad no lucrativa, para ser más exactos, un club de fans, resulta que me han eligido a mi como tesorera, y quisiera saber 1.- Cuales son mis deberes, 2.- Yo no voy a tener firma, lo voy a llevar todo a través de internet, en que me puede implicar a mí, 3.- ¿Es necesario hacer la declaración de la renta? 4.-¿? ¿Que es lo que tengo que llevar yo, realmente., yo creo que es lo siguiente, dígame por favor si está bien y con que periodicidad, tengo que hacerlo,, libro diario, libro mayor, Balance de situación inicial (que me dicen que esto tengo que hacerlo mensualmente, es cierto?, Cuenta de perdidas y ganancias, Balance de sumas y saldos, Libro de facturas recibidas, Archivo de facturas recibidas y justificantes de pago, mis compañeras me dicen que tengo que hacerlo a diario, pero yo creo que no.

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Considero que la consulta que usted plantea excede del ámbito de un foro gratuito.
Este tipo de consultas requieren un tiempo y unos recursos que sólo pueden aplicarse a los Clientes de pago.
No es función de los expertos que participan en este foro entrar en COMPETENCIA DESLEAL con los profesionales que realizan este tipo de trabajo para ganarse honradamente la vida.
Por ello, ¿le recomiendo encarecidamente que contrate los servicios de un Asesor? ¿Economista o Abogado? Que sea de su confianza. Un atento saludo.
P.D. Le recomiendo que consulte la legislación vigente con respecto a las ESAL. La más importante está constituida por las siguientes normas:
LEY 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
LEY 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
REAL DECRETO 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.
REAL DECRETO 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

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