No sé si estoy haciendo bien la contabilidad de una empresa promotora. Estoy dando como ingresos en el año las certificaciones emitidas por ella, y activando los gastos que tengo contabilizados en una cuenta 606 a finales de año. ¿Sería así? Si fuera así, estaría dando como beneficio los ingresos pero no deduciría los gastos ya que quedarían saldados a final de año ¿no?.
Veamos. Imagino que sabrás que la contabilidad de las promotoras inmobiliarias se rigen por un plan de contabilidad concreto, diferente, fruto de una adaptación sectorial. Hasta la fecha, no ha sido aprobado un nuevo PGC adaptado a las inmobiliarias por lo que hay que acudir al nuevo PGC por un lado y los criterios que establecía el antiguo PGC sectorial por otro. Si no entran en conflicto, aplica lo que dijera el antiguo PGC adaptado. Si entra en conflicto, aplica lo que diga el nuevo PGC. ¿Cómo has de contabilizar la promoción de una obra? Certificaciones y gastos de obra. Todos los gastos necesarios para la ejecución de la obra, tienes que llevarlos a una cuenta 602 o 607 CERTIFICACIONES Y GASTOS DE OBRA (el antiguo plan sectorial hablaba de una 606 pero dado que no tenemos nuevo plan sectorial, habrá que echar mano de la codificación del PGC General). Ingresos Fiscalmente no existen ingresos hasta que el bien que estás construyendo (en este caso viviendas) sean entregadas por lo que hasta que no tenga lugar la entrega de llaves, no puedes contabilizar ningún ingreso. (Esto es un poco más complicado porque habría que tener en cuenta el grado de ejecución y otras cuestiones pero no lo haremos más difícil). Los cobros de clientes tienen la consideración de anticipos y habrás de contabilizarlos en una 437 ANTICIPOS DE CLIENTES. Existencias. A final de año, tendrás que determinar extracontablemente el coste a 31-12 de la promoción, haciendo los asientos de regularización de existencias habituales. Lleva dicho coste a una cuenta 330 PROMOCIONES EN CURSO. En resumen, hasta que no se entregan las viviendas, la cuenta de resultados no refleja ningún gasto por la ejecución de la obra. ´ El tema sería para escribir muchas páginas pero espero que esta pequeña explicación te arroje algo de luz.
Si fuera para el ejercicio 2.007, ¿sería igual, como me dices?
Si habláramos de la contabilidad del 2007, lo único que cambiaría es que podrías utilizar la cuenta 606 porque todavía no sería de aplicación el nuevo PGC. Lo demás seguiría siendo igual.