Contabilización aplazamiento de impuestos

Mi nombre es Luis, trabajo como contable para una empresa de mi ciudad. Hace poco fue inspeccionada por hacienda y se nos impusieron 2 multas y la obligación del ingreso de la parte pendiente del impuesto de sociedades del año 2005.
Así ocurrido, conseguí que el pasado 2 de junio, la dependencia de recaudación de la delegación de hacienda de ceuta, nos permitiera el aplazamiento de la deuda. Mi pregunta es ¿cómo contabilizo por un lado la imposición de la sanción y por el otro como contabilizo el aplazamiento?
Respuesta
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Por la sanción debes hacer (678 a 570/2). Y debes tener en cuenta que no tiene la consideración de gasto fiscal, por lo que en el Impuesto de Sociedades tendrás que hacer un ajuste extra contable positivo.
Respecto al aplazamiento de la deuda pendiente de ingresar, supongo que esa cantidad pendiente la tendrás registrada en la 4752. En ese caso, cuando vayas pagando los respectivos plazos, harás:
4752 (principal)
662 (intereses) a (total) 570/2

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