Calculo impuesto de sociedades y contabilización.

He heredado dos empresas que están un poco bastante enredadas, con respecto al impuesto de sociedades.
En un caso no se hizo de asiento de final de año de la 630 a 475 y 473. Ademas hubieron diferencias permanentes por un total de 21.000 euros. En esta misma empresa otro año hubo perdidas y se contabilizó el impuesto en 47450. Tengo que cuadrar las cuentas 475 y 47450.
En la otra empresa, se ha contabilizado el imp.soc.por los beneficios sin aplicar las deducciones por inversión, con lo cual las cuenta 475 esta descuadrada.
Les quedaría muy agradecida si me ayudaran con esto. Tengo que presentar los libros el 30 de abril y voy ciega.

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Hay muchas preguntas en tu consulta y se necesitaría más información
Yo contabilizaría, los asientos que no se hicieron, las diferencias permanentes, los impuestos que no se contabilizaron y consideraría las pérdidas en un único asiento. Como contrapartida puedes utilizar una cuenta de gastos excepcionales del subgrupo 678.
Si lo documentas bien, puedes ajustar toda la situación fiscal a la realidad actual, llevando la diferencia a esta cuenta.
Quizás no te hayas dado cuenta pero vas diciendo que vas ciega y "eres" muda. (Perdón!)
Muchísimas gracias.fue lo que hice y estaba esperando la respuesta.el total de los
desajustes es de 3850.72, los paso a la cuenta 678 y en el IMP.soc.de 2009, lo aumento para tributar por ello.
Tengo en otra contabilidad diferencias en la 475, porque cuando se contabilizó el asiento a final de año de la 630 a 475, se hizo sin quitar los incentivos a la inversión. Cómo lo arreglo
Muchísimas gracias.
Al contabilizar la liquidación del impuesto, ajusta la 630 con los importes liquidados.
Los desajustes en la 475 hac.acreed.imp.soc., son de distintos años atrás, en este año a 31 de diciembre de 2009, he contabilizado 4745 a 630, porque tengo pérdidas.Ud.dice que al 30/06/09 cuando hice la contabilización del impuesto de soc.haga ese ajuste en la 630. Y entonces en el imp.soc.del 2009 tengo que aumentar esas diferencias.
Muchas gracias
Al 31 de diciembre de cada año, haces una estimación del impuesto que tendrás que liquidar sobre ese ejercicio. Cuando presentas la liquidación (en junio-julio de año siguiente), puedes hacer los ajustes necesarios contra la 630.
Si las diferencias son de ejercicios anteriores, creo que es mejor hacerlo por la vía de gastos excepcionales.
Es la primera vez que conecto en internet en un foro de estos y estoy encantada.Me maravilla que haya personas que nos dedican su valioso tiempo a los torpitos.
Muchas gracias.

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