Deducción Doble Imposición Tipo Impositivo

En 2009 contabilizamos las deducciones por doble imposición al tipo 25%, aunque podíamos aplicar el tipo reducido del 20% por mantenimiento de empleo, las deducciones quedaron pendientes de aplicación por tener cuota "cero"
¿Debo corregir el importe de estas deducciones pendientes de aplicación para aplicar el tipo reducido del 20% o como se trata de una medida temporal puedo dejarlo como está?
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Conviene corregirlo ahora que te acuerdas, ya que si no, cuando lo recuperes tendrás que tirar de memoria para saber por qué se produce el descuadre.
Además, así lo dejas correcto por si mañana tú no estás y lo tiene que hacer otra persona.
Y cómo se realizaría el asiento contable. Por otro lado, como la declaración del IS ya fue presentada con las deducciones al tipo 25%, al aplicar la deducción en el año que se pueda aparecerá descuadre en la declaración de IS, ¿cómo subsanaría este otro problema?
El asiento es 630 a 474.
Se puede presentar un escrito solicitando que se tenga por corregido el importe de las deducciones. No creo que te pongan mayor problema, ya que no te has "aprovechado" del error

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