Préstamo a empresa vinculada

Hola,
Tengo una duda respecto a una empresa vinculada, le llamaré H, mi empresa hace una entrega por transferencia a H, en calidad de "préstamo" H trabaja con la nuestra, pero ambas no lo quieren formalizar (préstamo), yo lo tenia en la 5523 (cta. Corriente con otras partes vinculadas), entonces debería traspasar el importe a una 440 (deudores), piensan en hacerse facturas, hasta aquí ok, pero el problema lo tengo con la otra empresa (H), de la que yo tengo la contabilidad también, ¿sino puedo imputarla a una 5523 (es proveedor y cliente) ni a una 171 (porque el préstamo no va a realizarse) cuál es la contrapartida al ingreso recibido? ¿A alguien le ha pasado? Me pueden ayudar. Mil Gracias
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Respuesta
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Lo primero indicarle que esto es una manera irregular de solucionar la situación del crédito entre ambas empresas vinculadas. Que la nueva normativa obliga a documentar las operaciones con las empresas vinculadas, ya sean compras, ventas, créditos, etc. incluso con los administradores. Por lo tanto ante una inspección tendrá problemas. Pueden hacerles una valoración y hacerles pagar los impuestos no imputados, con sus correspondientes recargos, ademas de las sanción correspondiente.
En cuanto a como contabilizarla, una compra o venta, entiendo que por una prestación de servicios... ya que es lo que están simulando hacer... Y se deben emitir las correspondientes facturas...
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