Gastos de Constitución

Hola, Los gastos de constitución de la S.L. Son bajos, no llegan a 400 euros. ¿Los pongo en cuenta 200 o los paso a la cta. De gastos y así no lo amortizo?. Gracias.

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Puedes hacerlo como mejor quieras. Si ves que la empresa puede dar perdidas, entonces es mejor activarlos como gastos de constitución, pero si la empresa va a tener beneficios y le interesa pagar menos impuesto ponlos como gasto del ejercicio.
El código de comercio te da la opción de activarlos, pero no te obliga a ello.

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