En que fecha debo hacer asiento de cancelación de un crédito?

hola¡¡

bueno, la pregunta es : hemos cancelado el préstamo bancario 21/07/2011

para pasarlo como nuestra hipoteca:

ya habíamos hablado algo de este tema,

debo hacer el asiento el 21/07 de este año? O lo hago al final del ejercicio ?

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1

Pues no se qué decirte. Habría que haberlo hecho el 21/7/2011, todo lo que hagas ahora es extemporáneo. Casi que mejor, si no has cerrado el 2012, lo hagas en el 2012, ¿no te parece?

hola¡

estoy viendo que este crédito en la cuenta 520 no tiene saldo, entiendo que está cancelado

y en 170 tiene el saldo que debo y que ya pagamos ,

además en el balance figura un pasivo (479) por impuesto diferido de 105,18, que aumenta

el importe del crédito

el asiento seria:

170 importe del crédito (D)

a 551 (H)

y la 479 por esos 105,18, no debería de anularse también?

Marisol, no te sigo. NO entiendo que leshes tiene que ver la 479 con la 520 y la 170. Pero por el importe que comentas, hazlo como dices, será el menor de tus problemas.

HOLA¡

considero que no debería de tener problemas con este tema, porque la realidad es que la empresa no le debe el dinero al banco sino nosotros, lo tengo todo documentado y sellado por bancos y notarios, lo único que no se anulo en el año del hecho, pero lo hago ahora y lo dejo en orden.

lo de la cuenta 479 fue una confusión mia¡

muchísimas gracias¡¡¡

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