Cuenta 4745 créditos por perdidas a compensar

La cuenta 4745 ¿no debe aparecer en la contabilidad (aunque se haya dado una base imponible negativa en el año anterior) si no existen expectativas razonablemente seguras de que se va a poder compensar en los ejercicios económicos siguientes.?

Respuesta
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Hombre, apelando al principio de empresa en marcha, la presunción de que en los ejercicios futuros se obtendrán beneficios es siempre positiva, ya que de no ser así estarías obligado a disolver la sociedad.

Otra cosa es que puedas compensar estos importes, que recuerda que simplemente minoran tus gastos (y tus pérdidas) en base a un crédito impositivo que podrás deducir de liquidaciones de impuestos de sociedades posteriores.

En el caso de cierre de la empresa, estos créditos no son reclamables, por lo tanto no son tenidos en cuenta para la liquidación de la sociedad.

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