Gastos del ejercicio anterior

¿El año pasado mi empresa dio un beneficio de 200?. ¿Este año he descubierto que existe una partida en la cuenta 480 gastos anticipados de un seguro de unos 3000? Que en el ejercicio anterior por error no fue llevado a gastos. Si se hubiera realizado correctamente la contabilidad, ¿mi empresa hubiera dado una pérdida de 2800?, que se convertiría en una Base imponible negativa a compensar en los siguientes ejercicios, pensando que voy a tener beneficios hubiera activado el crédito fiscal, situándome en Navarra y siendo el tipo impositivo del 20%, ¿la cuenta 4745 arrojaría un saldo de 560?..
¿Para subsanar el error anterior que asientos debo realizar? Creo que debería imputar los gastos al patrimonio neto... A una cuenta de reservas, la 113... No entiendo mucho de impuesto sobre sociedades... ¿esto tendría efecto impositivo? ¿Cuáles son los asientos?

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¿Cuándo te refieres al ejercicio anterior es al 2009 o al 2010?
Se trata de unos gastos de unos seguros, que se pagaron en el ejercicio 2008 y que correspondían al ejercicio 2009. En el 08, se periodificaron llevándolos a la cuenta 480 para imputarlos en el ejercicio 2009. El problema es que en el ejercicio 2009, por un error, no se imputaron a gastos como correspondía, quedando este saldo en la cuenta 480 a 31-12-2009.
Registrando de esta forma las operaciones, ¿mi empresa obtuvo un beneficio en el 2009 de 200?, lo cual no es cierto, ya que si hubiera contabilizado las operaciones de forma correcta, ¿hubiera obtenido una pérdida de 2800?, que se hubiera convertido en una base imponible negativa y pensando que en el futuro voy a dar beneficios hubiera activado el crédito fiscal... Entiendo que con este error, la situación fiscal es totalmente diferente... no entiendo mucho del impuesto de sociedades, y aunque creo que en el ejercicio 2010, que fue cuando se descurbrió el error... tengo que saldar la cuenta 480 con una de reservas (113), no se si tengo que hacer algún asiento más para llegar a la misma situación fiscal que hubiera tenido si no se hubiera cometido ese error...
Espero que ahora me haya entendido... muchas gracias de antemano y un saludo
Lo correcto, fiscalmente hablando, seria corregir el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2009, pero esto te puede dar más problemas. Por lo que yo viendo las cantidades de las que mes estás hablando contabilizaría esos gastos en el 2010 y los declararía en el Impuesto de Sociedades del 2010. No creo que tengas problemas porque en caso de inspección (bastante improbable en Impuestos de Sociedades) solucionarías el Impuesto del 2009 y el del 2010 y uno se compensaría con otro.

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