Libros contables obligatorios
Tengo entendido q.el plazo de presentación de las cuentas anuales es de 3 meses desde el cierre del ejercicio y q.en una s.l se tiene q. Convocar Junta a los 6 meses max. Para aprobar cuentas anuales y repartir beneficios. No lo entiendo, porque si el cierre es el 31/12 y a los 3 meses presentas cuentas ¿q.tienes q.aprobar en la junta si ya se han legalizado las cuentas? ¿Dónde se presentan los repartos bº?
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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