A ver, la contabilidad es algo serio, no puede uno hacer y deshacer a su antojo, Marisol. Yo lo que te dije es que tienes que averiguar por qué tienes este saldo, que asiento o asientos lo han generado y por qué no está con el saldo que debe estar.
Porque de esta investigación saldrá el error que lleva a que tengamos este saldo ahí. Y será fácil subsanarlo, pero, sobre todo, tendrás la solución DOCUMENTADA. Tienes que saber, y creo que ya lo hemos comentado, que cualquier apunte contable tiene que tener su soporte documental, tiene que estar respaldado por un documento o varios que justifiquen y avalen el apunte.. Esta norma, que es buena práctica contable, a menudo no se sigue. Y date cuenta que todo aquello que no tengas documentado es susceptible de ser cuestionado y anulado por la Agencia Tributaria.
Y esto te sirve para cualquier saldo que tengas erróneo en tu contabilidad. Ahora bien, en la cuenta 475, por su naturaleza, se hace de especial relevancia seguir este sistema de trabajo. Porque ahí tienes los saldos que debes a la Agencia Tributaria. Si no te coincide el saldo con la deuda real, puede que hayas omitido un apunte, una regularización, o que alguna no coincida los datos contables con los datos declarados... en definitiva, que de este descuadre se intuye que el problema es mucho más que un número que no cuadra.
Ahora bien, yo ya te lo he dicho muchas veces, puedes hacer de tu capa un sayo, y coger el saldo y pasarlo a la cuenta de gastos o ingresos que consideres, para deshacerte de él. ¿Eso qué significará? Pues que habrás hecho algo incorrecto, que no tienes documentado y no sabes por qué estaba ahí, y que transcurridos 5 años, si nadie ha mirado, el tema estará prescrito.
Lo que yo te propongo es lo que debes hacer según el manual del contable sesudo y cabal, serio y responsable. Cualquier otra cosa es una solución, pero no es ni razonable ni responsable.
Y siento ser tan duro contigo, pero es que la situación es como es, y por muchas vueltas que le des, sigue siendo como es.