¿Cómo arreglar el haber cometido un robo después de haber llenado el escenario del mismo de huellas y papeles con tu nombre?
Mira, el monje franciscano que inventó la contabilidad de doble partida, la que gastamos nosotros, era maquiavélico. Una vez tienes una cifra reflejada en la contabilidad, para sacarla debes dejar rastro. Ahora mismo tienes unas cifras importantes en unas cuentas que implican que la sociedad debe un dinero, dinero que no debe.
En primer lugar, como préstamo que ha recibido debería haber declarado el importe de los intereses devengados (aunque no se paguen, Hacienda quiere su parte, que tu quieras perdonarla no le importa al recaudador...). Primer error: no declarar los préstamos. Segundo error: tener cantidades en masas patrimoniales que no corresponden implica falsedad en documento mercantil, alteración del valor patrimonial de la empresa...
Estás ante algo serio. Y si me dices que las cantidades son importantes, lo que os interesa es poneros en mano de un buen abogado mercantilista, que os aconseje como salir del atolladero. Es obvio que gratis no va a ser.
La otra solución (que yo no recomiendo) es que te tires la manta a la cabeza, derives esas cantidades a la cuenta de explotación (como gasto). Es la única manera de dejar el marrón este año, si Hacienda no lo detecta en cinco años estará vencido y problema resuelto. Yo, obviamente, te recomiendo la primera. Seguramente no os quedará más remedio que dar de baja esta sociedad y crear otra, procurando no cometer irregularidades esta vez.
La solución que tú apuntas no es solución. Simplemente sigues cometiendo un delito, que es falsedad en documento mercantil, y alteración de las masas patrimoniales. Algo serio. Y encima sigues dejando el rastro año tras año, con lo que te arriesgas encima a que te sancionen por todos los ejercicios que puedan. Para nada es una solución, es un mal parche.
La moraleja de todo esto es que uno no puede hacer con la contabilidad de la sociedad lo que quiera. Se debe asumir que la sociedad es un ente con entidad propia (valga la redundancia) y nuestra relación con este ente está reglada por una serie de normas. No se puede hacer lo que uno considere, saltándose las normas. Y si la empresa no puede pagar, tiene tres vías: ampliación de capital (escritura ante notario e impuestos), préstamo con entidad financiera (si lo consigue, y son intereses) o préstamo de los socios (que obliga a declarar la operación como vinculada, y a declarar los intereses a precio de mercado, aunque no se paguen ni se devuelva el capital). La cuarta vía es la declaración de concurso de acreedores...
Y no hay quinta. Lo que se ha hecho en tu empresa está mal hecho. Y arreglarlo costará dinero... el dinero que no se pagó en su día por hacer las cosas bien hechas más el dinero que cueste la solución. Lo siento, pero no te puedo decir otra cosa.