Ajustes a la base imponible del impuesto de sociedades
Planteo el siguiente supuesto de una empresa que informa los siguientes movimientos:
- En sus cuentas figura una deuda de 6.000 € no reclamada judicialmente de antigüedad 2 años, y en el ejercicio corriente decide dotar una provisión para cubrir el posible riesgo de insolvencia del deudor
- Ha sido sancionada por la inspección de trabajo con 3.000 €, el gasto se contabilizó en el momento del pago.
- Abona en el ejercicio en curso un pago de 4.000 € por impuesto de sociedades del año anterior a la HP.
- En los gastos figura un importe de 750 en concepto de viaje pagado a un directivo de la empresa que figura como único soporte un documento escrito con su firma.
Se me pide que indique la base imponible del impuesto de sociedades de este curso detallando los ajustes si proceden.
Pregunto si se está refiriendo a las diferencias permanentes y temporales, de otro modo, donde debo realizar los ajustes, ¿en la cuenta de pérdidas y ganancias?
El Resultado del ejercicio en curso de la cuenta de pérdidas y ganancias es de 100.000 €.