No termino de comprender la pregunta.
Como normal general, cualquier compra o gasto de un año anterior debes contabilizarlo con cargo a los resultados del año anterior. Debes valorar, además, las repercusiones fiscales del asunto. Yo te recomiendo que todos los casos los consultes con tu asesor fiscal.
La agencia Tributaria, por lo general, no es demasiado permisiva con las contabilizaciones atrasadas, y lo que prefiere es que presentes complementarias. Claro que cada complementaria implica sanción y una invitación para que la Agencia Tributaria pregunte. Por eso el consejo anterior.
Si no optas por esto, lo suyo es contabilizarlo en la fecha en la que tienes conocimiento como si fuera una operación de esta fecha. Si conoces la operación hoy, contabilizarla con fecha de hoy, aunque sea del 2011. Pero que sepas que la Agencia Tributaria puede no estar de acuerdo con esta opción.
Espero haber servido de ayuda, y no olvides valorar la respuesta.