Cobro confirmings

Resulta que cobramos a un cliente mediante confirming a 120 días. El problema viene ya que el cliente emite el mismo cuando le da la gana y se toma los 120 días desde el momento de la emisión y no del momento que esta fechada la factura,(¿tal es así que han pasado hasta 6 meses desde la fecha de emisión de factura hasta la fecha efectiva del cobro)Es legal esto? Podemos intentar cobrarles intereses,, ¿Qué podemos hacer? Realmente ya no nos interesa trabajar con esta gente asique quisiera hacer algo para tocarle las narices al menos.
Respuesta
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Si consideráis que el cliente no esta cumpliendo con las condiciones pactadas, podéis perfectamente facturarle intereses. Pero siendo prácticos, si el cliente se niega a pagarlos, y vais a juicio por ello, puede que no merezca la pena.
Si no es un cliente estratégico, podéis hablar con el y decir que ya no aceptáis el confirming a 120 días, y pasar al contado o a 30 días. No sé que tipo de documentos comercial tenéis firmado con él, pero si no hay nada sobre las condiciones de pago, renegociar y cortar el problema. Si no os paga a tiempo, no le vendéis.
Hola Pido aclaración y puntúo. Efectivamente no hay ningún documento comercial firmado, se ha pactado verbalmente y ademas nos dicen que es la forma de pagar de la empresa (120 con confirming). Lo de la factura por los intereses la vamos a hacer porque es mucho dinero.La duda que tengo es saber si ellos están obligados a emitir el confirming de forma inmediata a la recepción de la factura o lo pueden hacer cuando les plazca, eso es lo que no entiendo.Hay algo que regule eso o se debe pactar por escrito de alguna manera.Uno acepta trabajar con confirming porque el banco lo adelanta sino para que serviría, quien aguanta 120 días.No se si me explico... para que trabajar con confirming a 120 días si lo emiten al día 100 o 119 si quieren. Muchas gracias
No pueden emitirlo cuando les plazca. Tienen que hacerlo cuando reciban la factura. En estos casos, cuando el cliente abusa, recomiendo que busquen una forma para que no tenga excusas, por ejemplo adelantándole la copia de la factura por correo electrónico o fax, y persiguiéndole. Se puede entender que no coincida exactamente la fecha por unos días, pero que pasen semanas o meses no es aceptable. El tema es que si no hay un seguimiento del envío de facturas y documentos, es fácil que el cliente se haga el tonto y diga que no recibió nada y gane tiempo. Pero si tiene todo bien documentado, puede reclamar los intereses.
Por otra parte, aunque el banco adelante el dinero, me imagino que cobra comisión por ello, así que es lo mismo que tener que financiar uno mismo los 120 días. Imagino que para esta empresa trabajar con confirming no es negociable, y también supongo que debe ser una empresa importante para que consiga imponer 120 días. La buena noticia es que hace unos meses se aprobó una ley que sólo tendrá efecto a partir del 2013, pero que si recuerdo bien limitará a 60 días el crédito máximo a clientes.

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