Tengo una consulta sobre embargo de nómina
Por un préstamo impagado, la nómina de mi esposo fue embargada y se empezaron a realizar las retenciones en septiembre del 2011, a diciembre le habían retenido 2400 euros, suma que concuerda con lo que aparece en las nóminas y lo que el Juzgado a entregado a los abogados del Banco. Nos apersonamos en el banco para saldar la deuda, pero nos encontramos con la sorpresa que los abogados sólo han reportado al banco, y con fecha 30 de diciembre ( con 3 meses de retraso), 650 euros, y con fecha 2 de enero 687 euros, para un total de 1341. He hablado con los abogados y dicen que el culpable de esta demora ha sido el Juzgado, porque, según ellos, el Juzgado tarda 3 meses en darles la orden para cobrar; hablo con el Juzgado y me dicen que inmediatamente los abogados han firmado el recibido de los embargos, ellos pueden hacer efectivo el dinero y me confirman que hasta el 16 de enero ellos han recibido las ordenes por valor de 2400 euros.
Mi pregunta es, si los abogados han recibido 2400 euros y han reportado al banco 1300, ¿entonces qué pasa con los casi 1100 euros faltantes? ¿Acaso ellos están usando un dinero que no les corresponde?. A mi esta situación me perjudica porque actualmente aparece en el banco que aún les debo 1100 euros, cuando en realidad no les debo, al menos del capital, nada. Que puedo hacer para demostrarle al banco que el capital ya está pagado y así que me liquiden las costas para poder pagar y que ya nos quiten el embargo.
¿Puedo demandar a los abogados por su presunta mala gestión?