Subrogación
Hola, me van a entregar una vivienda próximamente y visto como esta el tema hipotecario y que para mi es una segunda vivienda, tengo la siguiente duda
Si el banco no me acepta para subrogarme a la hipoteca que pasará. En el contrato de compra venta que tengo con la promotora figura esta cláusula
... Sera causa de resolución del presente contrato, la no aceptación por parte de la entidad hipotecante,
del adquiriente como subrogante del préstamo hipotecario, en cuyo caso éste podrá optar por pagar al contado las cantidades reseñadas
( El importe de la hipota a subrogar..) o resolver, con devolución de las cantidades abonadas hasta ese momento más los intereses legales...
¿Me devuelven el dinero?, en caso afirmativo cuando, ¿cómo y que plazo tiene la promotora para hacerlo?
También tienen reserva de dominio hasta la escritura (no se para que, supongo que para no hacer una cesión de derechos antes de escriturar.
Gracias
Si el banco no me acepta para subrogarme a la hipoteca que pasará. En el contrato de compra venta que tengo con la promotora figura esta cláusula
... Sera causa de resolución del presente contrato, la no aceptación por parte de la entidad hipotecante,
del adquiriente como subrogante del préstamo hipotecario, en cuyo caso éste podrá optar por pagar al contado las cantidades reseñadas
( El importe de la hipota a subrogar..) o resolver, con devolución de las cantidades abonadas hasta ese momento más los intereses legales...
¿Me devuelven el dinero?, en caso afirmativo cuando, ¿cómo y que plazo tiene la promotora para hacerlo?
También tienen reserva de dominio hasta la escritura (no se para que, supongo que para no hacer una cesión de derechos antes de escriturar.
Gracias
2 respuestas
Respuesta de juanhito
1
Respuesta de fuyola
1