Hipoteca

Hola,
¿Tengo una hipoteca de la cual pago 400? Al mes. Me quedan 5 años para terminarla de pagar.
No me desgrava nada, ¿y ahora que no me dan subvención me dijeron del banco que me subiría para el mes de abril lo menos 40? Mensuales.
A mi me gustaría quitármela de encima, ¿me quedan por pagar unos 20.000?, que si tengo ahorrados, es decir podría cancelarla si quisiera. Esto lo hable con el banco y me dijeron que por parte del banco no pagaría comisión de cancelación, ¿pero qué el papeleo en el notario me subiría a 3.000?.
Mi pregunta es:
-Si no la cancelo anticipadamente, al terminar de pagarla,¿tendría qué igualmente pagar 3.000? ¿Por gastos notariales o esto es unicamente cuando se quiere cancelar anticipadamente?
-¿Seria mejor realizar una amortización sobre el capital pendiente, o cancelarla, o quedarme como estoy?
Muchas gracias de antemano.

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En primer lugar le informo de que la información que le han facilitado como mínimo no es exacta.
Una vez pagada la deuda de cualquier préstamo hipotecario la deuda que da extinguida por la mera acreditación del pago sin embargo la hipoteca que grava la vivienda subsiste como tal en el Registro de la Propiedad en tanto en cuanto el acreedor no otorgue la correspondiente carta de pago.
Dicho esto le explico:
-En primer lugar, no es obligatorio efectuar la carta de pago (declaración unilateral del acreedor efectuada en documento público manifestando la extinción de la obligación principal o deuda y, por tanto, de las obligaciones accesorias o hipoteca).
-En segundo lugar, a pesar de no ser obligatorio es conveniente efectuar la carta de pago y proceder a la cancelación registral de la hipoteca para dejar la vivienda libre de cargas de cara al futuro.
-En tercer lugar, dicha cancelación de hipoteca es la cancelación de un derecho cuyo titular es la entidad por lo que los gasos dervivados de la misma deberían ser soportados por la entidad. Esto nunca ocurre en la realidad porque entre las clausulas del préstamo se estbalece que serán de cuenta del deudor todos los gastos incluidos en su día los de cancelación.
-En último lugar, ¿los gastos derivados de una cancelación son mínimos y pueden ascender a unos 1.000? Como muchísimo ya que los gastos de registro y notaria van reducidospor tratarse de un documento sin cuantía y por este motivo esta exento del impuesto de actos jurídicos documentados.
Le recomiendo regrese a su entidad y solicite por escrito una provisión de fondos detallada y desglosada de los costes reales de efectuar dicha cancelación para que con dicha información pueda decidir correctamente que es lo que más le conviene.
Si desea cualquier aclaración al respecto, no dude en preguntar
Muchísimas gracias Experto,
Este mismo lunes me voy a pedirlo por escrito. ¿Yo también creo que es demasiado dinero y que lo normal estaría alrededor de 1000?.
Un saludo.

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