Interpretación del mes de revisión

Hola Nacholón,
he estado leyendo las respuestas que has dado sobre qué euribor se debe aplicar, y me entra una duda. En mi hipoteca dice literalmente, sobre el euribor aplicable:
"Se tomará el que aparezca publicado en el BOE el mes inmediato anterior a cada fecha de revisión".
Por otro lado, el artículo 5 del Código Civil dice: "[...] los plazos fijados por meses o años se computarán de fecha a fecha. [...]"
En base a esta regla, que se aplica a las normas jurídicas, y que podría entenderse como una regla general, si a mi me revisan la hipoteca digamos el 31 de diciembre, el plazo mensual anterior es desde el 30 de noviembre hasta el 30 de diciembre. De la misma forma que cuando tengo un 1 mes para pagar una multa es desde el día siguiente hasta el mismo día del mes siguiente.
De hecho, en mi caso ni siquiera dice "el mes inmediato anterior AL DE LA FECHA".
¿Qué opinas? Muchas gracias por aportar tu experiencia.

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Yo modestamente no entiendo del código civil, pero hasta donde yo conozco a través de muchos años los bancos (errores aparte) nunca han sido denunciados en base a ese articulo de fecha a fecha etc. etc. por lo que entiendo están esas clausulas dentro de la legalidad vigente, y aunque yo no me los se de memoria, para ello existe una ley hipotecaria y un reglamento hipotecario y una asciacion hipotecaria española A.H.E. a la que te invito entres en su página, y quizás puedas incluso hacer esta misma consulta.
Y en cuanto a la interpretación de tu hipoteca lo sigo teniendo claro, si tu revisas el día 31 de por ejemplo enero, el mes inmediato anterior estaremos de acuerdo en que es diciembre ¿en diciembre publican el euribor? Si, sobre el día 20 como cada mes, pues te aplicaran ese publicado en diciembre (mes inmdiato anterior ) y que como creo que sabes corresponde al euribor de noviembre.
Tu cuando haces referencia a esa posible regla general de fecha a fecha, te olvidas de lo que pone la escritura y es bien claro
"Se tomará el que aparezca publicado en el BOE el mes inmediato anterior a cada fecha de revisión".,
por tanto inclusive da lo mismo que revises el día 1 que el 31 de un mes. ¿No te parece?
Yo creo que es así.

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