Prescripción de condición resolutoria

Mi problema es que mi suegros compraron una vivienda en 1976, una parte del pago se hizo mediante letras en cinco años, con condición resolutoria, e inscripción en regristo, quedando como carga, en posteriores escrituras, a una empresa que ya no existe, para hacer cancelación regristral, cuanto tiempo de prescripción tiene esta carga
Y como se puede cancelar si esta prescrita para poder realizar la venta de dicho piso

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Primero en las condiciones resolutorias a veces queda indicado que se pueden cacelar sin contar con la empresa APORTANDO LOS EFECTOS PAGADOS ya que estos quedaban reseñads con su numero de timbre etc. en la constitución de la condición.
No se exactamente el plazo pero pudiera ser 20 años o más desde el vencimiento de la ultima letra, eso en el mismo registro de la propiedad os pueden informar y como se tramita "por instancia"

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