Extinción de condominio

Hola.
Mi duda es la siguiente. Mi pareja y yo compramos una vivienda de segunda mano al 50% en Meco hace año y medio, ahora nos han traslado en el trabajo al lado del IFEMA por lo cual queríamos aprovechar la oportunidad y comprar una vivienda de VPPB de Valdebebas pero nos llevaría tiempo vender éste para quedar libres para acceder a uno de VPPB porque libre no podemos permitírnoslo. Habíamos pensado hacer una extinción de condominio de uno de los dos y el que quedase libre dar la entrada del de VPPB y vender el inmueble de meco con más calma ya que se tardarán en construir los otros dos o más años.
¿Todo esto es posible o no?, o bien como me han dicho también hacer una transmisión de pleno dominio o uso y disfrute a una tercera persona. O irme de alquiler
Según usted cual es la mejor opción y menos costosa.
Muchas gracias

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Lo veo un pelín complicado la verdad. Si hacéis extinción de condominio cosa para la que tendréis que pagar gastos, la propiedad pasara a ser de uno de vosotros pero no la hipoteca, es decir para que el banco saque a uno de los dos de la hipoteca tiene que querer hacerlo y no querrá perder una garantía de pago. Solo lo hacen si ponéis a otro deudor o avalista en su nombre. Si aun así os dejara, la operación de la extinción de condominio más sacar a un deudor de la hipoteca es cara y no os merecería la pena. Hacer una trasminsion como nombras no es posible, o lo vendes o lo donas, no existe la transmisión de pleno dominio así sin más, es decir, le doy el piso a otro y ya esta. La única opción es que vendáis el piso para poder estar libres de propiedad a la hora de optar a una vivienda de protección oficial, pero aun así tendréis que tener en cuenta que si obtenéis un beneficio de la venta tendréis un incremento del patrimonio con lo cual puede que ya no podáis optar a una vivienda de protección. La única fórmula que podéis hacer es poner el piso en venta, venderlo, iros de alquiler durante un tiempo mientras se construye el piso de protección. El beneficio de la venta lo debéis invertir en el nuevo piso. Pero sobre todo antes de mover ficha, mirar pisos y preguntar los requisitos, no sea que no podáis optar ni aun vendiendo.
Hola.
Antes de nada, muchas gracias por dedicarme tu tiempo.
Tu respuesta me parece con sentido y lógica. Ante todo esto me dirigí ayer a una cooperativa que realiza viviendas de VPPB y me comunicaron que la mejor forma es a través de la donación, al preguntarlos el tiempo que me llevaría ésto, si es muy costos, repercusiones fiscales, aumento o disminución patrimonial no lo tenían claro por lo que te agrecería que si tienes conocimientos sobre las donaciones y sus repercusiones me lo comentaras.
Muchas gracias
Un beso
Creo que no te han informado muy bien. Las donaciones tributan (pagan) igual que las compra ventas, las únicas donaciones exentas son las de padres a hijos, pero en tu caso no podrías hacela. Es decir no existe el de toy un piso y ya esta o el te lo regalo, si fuera así nadie vendería, todo el mundo donaría y así te ahorrarías mucho dinero en impuestos. Podrías hacer la donación pero pagarías igual que si vendieras, hacienda mirara con lupa esa operación y te reclamaría el dinero de la venta (el 18%) con lo cual los gastos de hacer eso son muchos. Aun así estaríamos igual que estábamos por que como te comente antes, la hipoteca seguiría siendo de los dos, una donación no implica la obligación de que el banco te quite esa deuda, no se si me estoy explicando bien. Tu vendes tu parte a tu novia, y ella tiene la propiedad al 100% pero la hipoteca seguirá siendo de los dos, el banco no va a perder un deudor al que le dio el dinero, lo que este haga luego no es problema del banco, tu le sigues debiendo. Y teniendo media hipoteca tampoco podrías optar al piso protegido. Te digo que la única forma de poder hacerlo es vender el piso a un tercero, cancelar la hipoteca y no tener nada. Todo lo demás os costara mucho dinero, entre 12000 y 16000 euros, con lo cual no os interesa.

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