Hipoteca -desgravación

Hola buenas tardes:
Podemos desgravar una vivienda (A)281.500 Euros, que hemos comprado recientemente(18 de Diciembre 2009), teniendo otra (B)en la que vivimos, que ya tenemos libre de hipoteca, y con esta (B), no se si hemos realizado alguna irregularidad, pues la hemos desgrabado desde el año 1987(4.860.000 pts), y en el 1994 la hipotecamos con una carga de 5.124.000pts, cuando quedaba por pagar algo más de 1000000 pts.hasta su cancelación el 31 de dic de 2008.
La vivienda (A) con el tiempo la vamos a dedicar a primera vivienda.
¿Debería hacer alguna gestión en hacienda? ¿Empadronamiento?
¿Es verdad que me puedo desgravar, restando a (A) lo que ya me he desgravado con (B)
¿Qué tiempo es necesario, pasar viviendo en una casa para que se considere la vivienda habitual?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Bien, en principio solamente nos podemos desgravar los gastos y el préstamo hipotecario que utilizamos para la COMPRA de la vivienda utilizada para vivienda habitual, así sí que realizasteis una irregularidad al desgravar la hipoteca formalizada en 1994, mucha gente lo hace pero si el fin no es la compra o las reforma extrema de la vivienda, no es desgravable (reforma por ejemplo para un minusválido).
Para poderte desgravar la vivienda A y sus gastos, debes, tal y como me indicas desgravar lo invertido en A menos lo que te has desgravado ya de B (en la compra-venta es fácil ya que habrás pagado mucho en gastos notariales, comisiones bancarias etc).
Para que se considere vivienda habitual primeramente debéis de estar empadronados en ella (en la vivienda A). Con esto ya sería suficiente. Sí que es cierto que hacienda ha hecho más de una inspección (sobretodo cuando las viviendas que se desgravan con apartamentos en zonas de turismo). Conozco casos en que Hacienda ha pedido incluso copias de los recibos de la luz, para verificar que no se habita en ella con regularidad. Cuando esta vivienda nueva es una vivienda en no zona turística y que se pueda probar que se utiliza como vivienda habitual (trabajo cercano, médicos, recibos de suministros etc.) es más fácil justificar ante cualquier inspección.
Cualquier duda estoy a vuestra disposición-
Gracias por la información, de todas formas cuando me vayan surgiendo dudas, se las iré preguntando.
Una vez más GRACIAS.
Saludos

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas