Hipoteca entre particulares

Hola, le intentare poner un poco en situación.
Mis padres compraron una empresa, ¿en el precontrato la cantidad ascendía a 211.000?, ¿En las escrituras la cantidad es de 157.95?
¿Mis padres han hecho 3 pagos por valor de 67.000?, ¿Además hay una carta de pago adicional por importe de 46.000? Que supuestamente la empresa le debía al antiguo propietario.
¿En la escritura fijan como máximo 22.500? ¿De intereses y 15.000? De costas. ¿También se fijo una tasación por valor de 200.000?.
La empresa ha salido mal y hace ya 1 año que la cerramos.
El expropietario lleva meses cambio de opinión y diciéndonos que ejecuta luego que mejor una dación y así sucesivamente.
Aun tengo la duda de cuanto le debemos a este señor y en caso de que ejecutase como se procedería, tengo entendido que en principio pueden adjudicársela como mínimo por el 50% del valor de tasación.
Y como pregunta final, en caso de dación, saldaríamos la deuda junto con los intereses pero el expropietario quiere poner que la hacemos por un valor inferior. ¿Con lo cual me quedo con la gran duda de que si por ejemplo le debemos 150.000? (¿Por ejemplo) y él quisiera poner que la dación se hace por 60.000? En concepto de toda la deuda más los gastos que genere, si realmente se salda toda la deuda..
Gracias de antemo y un saludo!
Respuesta
1
La dación en pago salda toda la deuda; si no no es una dación en pago; sería otra cosa.
En cuanto a la subasta, sí, el precio de salida es el del 50% del valor de tasación, pero a partir de ahí se puja. Si va mucha gente a la subasta, el precio del remate sube.
No obstante, no acabo de entender por qué asumisteis la deuda que tenía la empresa, si las deudas están comprendidas dentro del precio que se paga por ella.
Para más información, tendría que echar un vistazo a la escritura de compraventa.
Puedes contactarme aquí o en [email protected]
Voy a ponerme vía e-mail en contacto, de antemano ya le digo que nos ha llegado una carta de requerimiento de pago eso creo que quiere decir que empieza a ejecutar aunque no se que debemos hacer.
Muchísimas gracias ^^ mañana le envío un e-mail con todo lo que necesite.

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1
Aunque los datos que facilita no son muy esclarecedores, intentaré comentar algunos aspectos.
Lo primero es que hay que leer todos los detalles que figuren en la escritura, en especial, si además de la garantía hipotecaria sobre la finca, se pueden dirigir contra los bienes o derechos de sus padres.
Si éste es el caso, interesa la dación y no sería tan importante el precio sino que se dijera en la escritura que con esa operación se dan por atendidas todas las obligaciones derivadas de la escritura suscrita con fecha xx-xx-xxxx entre las partes.
La alternativa es el procedimiento judicial, caro y lento. Mejor la dación.
Bueno hace poquito estuve hablando con mis padres y me han enseñado la carta de ejecución, bueno el aviso que tenemos 8 días para pagarle. No se que procedimientos hay que hacer ahora de todas maneras muchísimas gracias. Si pudiera decirme solo que es lo que debemos hacer ahora... si esa carta debemos responderla o solo dejar pasar los días.
Supongo que la carta de ejecución que refiere es la notificación previa al inicio de acciones jurídicas. Es el momento pues de intentar negociar la dación directa con la indicación que le hacía de que se quedaban resueltas todas las deudas.
No obstante, revise el texto de la escritura, por si indica lo que le comentaba de la garantía personal adicional, vaya a ser que además de la finca, le puedan embargar un sueldo o cualquier bien o derecho que tengan sus padres.
Quiero que sepa que resulta complicado orientarle cuando no se sabe lo que han pactado en escritura ni lo que llevan pagado, ya que este dato es fundamental para valorar acciones en caso de que se llegue a subasta. Convendría que aparte de mis consejos, fuera a un abogado con la documentación y se la revisara.
Lamento no haber sido de más utilidad.
Un cordial saludo y por favor, cierre la consulta con su valoración.
Respuesta
1
No se si he entendido bien el contenido. Entiendo que en su momento se constituyo una hipoteca sobre algo..., (lo deduzco del titulo del mensaje, ya que no se dice nada en la pregunta).
Para hacerlo sencillo..., si sus padres no pueden pagar lo mejor es resolver el asunto de alguna de las maneras:
* no les interesa que les ejecuten, ya que las costas judiciales son altas y al final la deuda se incrementaria bastante, y se convertiria en un problema. De manera, que siga pagando hasta que llegue a una solucion con el acreedor.
* dacion en pago: no es una mala solucion, pero depende de la voluntad del acreedor. Entiendo que el acreedor quiere la dacion en pago por el menor de los importes por una cuestion de impuestos. con la dacion en pago, el acreedor daria por cancela la deuda por todos los conceptos, es asi por naturaleza. Implica cancelacion de la deuda. De todos modos, si quieren firmar un documento privado entre las partes en la queda aclarado las cantidades que se dieron en su momento, las que fueron devueltas, y las que están pendientes, tambien se puede hacer de forma paralela a la escritura de dacion en pago. Quedaria en el ambito privado de las partes, y asi tus padres tienen un documento del acreedor en el que se hace constar que no deben nada de nada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas