¿Desgravación fiscal si cambio de hipoteca?

He comprado un piso en 2010, y tengo una hipoteca que se ha constituido en 2011 (el banco no me dio la hipoteca hasta disponer de la cédula de habitabilidad, por lo que tuve que hacer un contrato de compraventa antes de finalizar el año si quería tener la desgravación fiscal por compra de vivienda habitual).
Tengo pensado cambiar de banco próximamente para conseguir una hipoteca más barata, pero acabo de ver que mi hipoteca es en realidad una línea de crédito hipotecario, con lo cual es casi imposible conseguir la subrogación (o por lo menos así lo dice la gente por internet). Así pues, la única solución será cancelar la hipoteca y abrir la hipoteca con otra entidad (supongo que lo haré de cara al año que viene).
Tengo dos preguntas al respecto:
- ¿Tengo qué pagar el IAJD al cancelar la hipoteca? Veo que la ley 14/2000, de 29 de diciembre dice que no, pero en internet veo que todo el mundo paga este impuesto para poder cancelar la vieja hipoteca y abrir una nueva hipoteca.
- ¿Pierdo el derecho a la desgravación fiscal por la compra de vivienda habitual antes del 1 de enero de 2011? Es decir, ¿sólo puedo continuar manteniendo la desgravación fiscal si consigo subrogar la línea de crédito? ¿O tanto si subrogo como si cancelo y abro otra hipoteca puedo seguir desgravándome la compra?

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En cuanto a la desgravación, lo que da derecho a deducir independientemente de tus ingresos es la fecha de compra de la casa: si es de segunda mano, que se escriturase antes de final de año y si es compra a promotor, que el contrato de compra se firmase antes del 31 de diciembre, así que la fecha de la hipoteca en principio no debería afectar a la deducción, por lo que a estos efectos da lo mismo que subrogues o que abras una nueva hipoteca, podrías seguir desgravando.
Ahora, respecto a la cancelación de la hipoteca. La ley que comentas, 14/2000, efectivamente deja exento de pago el iajd para cancelación de hipoteca. El iajd que te están pidiendo es el de la nueva hipoteca que constituyes para pagar la que cancelas, y eso ya no está exento y es por ese motivo que vas a tener que pagar.

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