Deducción por compra de segunda casa

Quería comentarle algunas dudas y espero que me pueda ayudar.
Actualmente vivo en Madrid en una casa que no es de mi propiedad.
Mi domicilio fiscal sin embargo está fuera de Madrid, ¿en el año 2001 adquirí en Almería una vivienda con un préstamo hipotecario de 78.131,57?, ¿Aun me quedan por pagar 47.000?
Hace dos años la empresa en la que trabajaba me prejubiló -con 50 años- y aunque económicamente todavía no experimento ninguna merma en el nivel de vida, seguramente en el futuro si ocurrirá.
Como en Madrid hay más oportunidades profesionales, es por ello que estoy pensando en fijar aquí mi residencia y comprarme una casa, sin vender la que tengo en Almería.
Estaba pensando en solicitar una hipoteca y desgravarme también con la nueva compra.
Mis preguntas son:En caso de que decida no cancelar la primera hipoteca, ¿podría pedir la segunda y desgravarme fiscalmente solo por esta última?. ¿A partir de que importe puedo desgravarme en la nueva compra de la casa?

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No podrías desgravarte de nada de la segunda ni por diferencias mientras tuvieras en propiedad la que te estas desgravando de almería porque una cosa es vender una vivienda considerada habitual y REINVERTIR (que es o que hacienda permite) pero tu no reinviertes nada, pretendes PERMUTAR la desgravación que te corresponde por ADQUISICIÓN DE VIVIENDA de una a la otra y eso yo entiendo no te lo permit hacienda.
Imaginate otro tipo de ejemplo quizás no es tu caso pero para el fondo es el mismo, tu tienes una vivienda y ahora te compras un apartamento en la playa con intención de vivir en el etc. NO DEJA DE SER UNA SEGUNDA RESIDENCIA y para 2ª residencia yo no conozco desgravaciones.
A lo mejor no me he explicado bien, lo que quiero es cambiar mi lugar de residencia. Si realizo este cambio, la vivienda que adquiera en Madrid sería mi primera vivienda. ¿No sería lógico que deje de desgravarme por la vivienda actual y pase a desgravarme por otra que pase a ser mi vivienda habitual?. Teniendo en cuenta que los precios de las viviendas en Madrid son muy superiores a los de Almería y que ya hay unas cantidades por las que me desgravé en su momento con la vivienda actual, sería lógico que no me desgravara por esas cantidades, sino que me desgravara a partir de un importe superior. ¿Me podría concretar esto, es muy importante para mi. Le agradezco mucho su respuesta
Es que para hacienda no existe eso que tu quieres, ahora me cambio a otra ciudad con los precios más caros y sigo desgravándome, hacienda lo deja bien claro puedes REINVERTIR lo obtenido en la venta de tu vivienda habitual para adquirir otra y desgravarte una vez descontadas las cantidades que ya hubieses desgravado de la vivienda que vendes pero... no contempla el que por que te cambies de RESIDENCIA HABITUAL PERMUTES LA DESGRAVACIÓN DE UNA HIPOTECA NUEVA POR LA ANTIGUA.
Porque en base a la antigüedad de la adquisición para hacienda lo que estas adquiriendo es una 2ª residencia
es mi modesto criterio pero no soy un experto fiscal en profundidad por lo que ante la duda si consultas la web de la A.E.A.T. quizás te ayude a salir mejor de tus dudas.
La agradezco mucho su respuesta.
Aunque me siento realmente confundida ya que un experto fiscal de esta web, me ha respondido que si puedo desgravarme, si mi nueva vivienda pasara a ser mi vivienda habitual, me podría deducir desde el el momento que supere la cantidad de lo que me he deducido por la anterior.
Agradezco mucho su respuesta en cualquier caso. Un cordial saludo
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