Liquidación de gananciales

Hola,

A mi ex marido le traspasó su padre una cartilla ganadera con unos cuantos cerdos. En esta explotación invirtió dinero de mi sociedad de gananciales y lo que hacia mi marido entonces era vender los cerdos a nombre de sus hermanos. Yo tengo entendido que sí bien la explotación es un bien privativo los beneficios pertenecen a la sociedad de gananciales, y la venta del ganado se consideran beneficios. Tengo las facturas del ganado que puso a nombre de sus hermanos. Puedo ahora reclamar ese dinero puesto que son beneficios y me los quito en su día? Sus hermanos no tenían cartilla ganadera el único que la tenía era mi ex marido.

gracias

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Los beneficios obtenidos por la explotación de los cerdos son bienes gananciales y susceptibles de reclamación en caso de separación.

Entonces el ganado que se vendió con esa cartilla ganadera, el dinero obtenido, son bienes gananciales aunque lo haya puesto a nombre de otras personas?

Los beneficios por su explotación, si es como usted dice, son bienes gananciales si su matrimonio está sujeto a este régimen económico.

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