¿Desgrava ptmo. Personal para compra vivienda habitual?

En 2009 adquirí mi vivienda habitual con dinero ahorrado y un préstamo personal concedido por una entidad bancaria a un plazo de 8 años. ¿Me puedo desgravar este préstamo en las declaraciones venideras mientras esté el préstamo en vigor?
En el apartado "deducción por inversión en vivienda habitual" del I.R.P.F. Aparece un apartado en el que se debe cumplimentar el "número de identificación del préstamo hipotecario", pero me surge la duda de si debo incluir el del préstamo personal ahí o no, toda vez que en la "ayuda" del programa padre figura que exclusivamente debe indicarse el del préstamo hipotecario.

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¿Partiendo de la base de que el tope máximom sobre el que se puede3 deducir es de 9.015? Uros por años (De ello el 15%) entendemos que lo que debe p0oner es el ´º del préstamo bancario. Y por supouesto todos los años hastga que se tdermine, puede dceducir hasta ese tiope mientras no lo varíen.
Confciando haberle ayudado nuestros cordiales saludos.
Gracias por la respuesta, pero quiera aclarar que se trata de un préstamo PERSONAL para adquisición de vivienda, no es HIPOTECARIO. ¿Desgrava aún así con los límites que ya conocemos?
Muchas gracias.
Por supuesto ue sí en ninguna parte de la Ley de Renta ni en sun Reglamento, indica que no se puedan deducir los préstamos personales, siempre que se demuestre que se han aplicado9 al pago de la vivienda, no que han sido pafra un coche, viajes, etc..
Cordiales saludos.

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