Ganancia patrimonial por venta de vivienda habitual

Acabo de vender mi vivienda habitual y de momento no voy a comprar una nueva, por lo que me toca tributar a hacienda por la ganancia patrimonial obtenida. Lo que ocurre es que no se exactamente cuanto me tocaría pagar, pongo aquí los datos por si me pueden ayudar:
-Compre la vivienda en febrero del 2006 por un valor de 442400 euros.
-De ese importe, pague de mi bolsillo 190400 euros y pedí un préstamo hipotecario por los 252000 restantes
- En octubre de 2010 he vendido la vivienda por 462000 euros. Con ese importe, he cancelado la hipoteca que tenia pendiente (232000 euros) y el resto (230000 euros) me lo han pagado en un cheque.
¿Cuál es mi ganancia patrimonial por la que debo tributar, los 230000 euros que me han quedado, o seria simplemente la diferencia entre lo que me costo el piso y el precio de venta, es decir (262000-242400= 19600 euros)?
Respuesta
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La ganancia o pérdida patrimonial se calcula por la diferencia de los valores de compra y venta que figuren en la escritura. Y hay que descontarle los gastos que haya ocasionado en ambos casos:
-En la compra: notaría, impuesto de trasmisiones de la compra y de la hipoteca, registro, etc.
-En la venta: la plusvalía, los gastos notariales y de registro por la cancelación de la hipoteca, etc.
No importa el medio de pago.
Con todo ello nos resulta unos valores actualizados de compra y de venta, en los que no podemos olvidar que nos influyen las fechas de ambas operaciones, aunque en este caso no ha pasado mucho tiempo.
De la cantidad resultante se paga el 18%.
La excepción es que el beneficio que se ha obtenido se reinvierta íntegramente en otra vivienda habitual en el plazo de 2 años, desde la fecha de la venta.

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