Reinversión y exención compra-venta de vivienda habitual

Hemos vendido nuestra vivienda habitual el 31 de mayo de 2012. Nosotros compramos en 2001 dicha casa por 72500 euros y hemos vendido el 31 de mayo por 122.500 euros. El caso es que en octubre de 2011 hicimos el contrato de compra-venta de la que será nuestra próxima vivienda habitual. Tuvimos que entregar el año pasado 2011, 37000 euros de señal y todos los meses debemos ir pagando 1000 euros.

La nueva casa, nos la entregarán el año que viene, sobre septiembre aproximadamente. Mi pregunta es la cantidad que hemos obtenido de ganancia podrá ir destinada a la nueva vivienda y estará exenta de tributar. Preguntarles si todo el dinero que llevamos dando desde el año pasado podría considerarse como reinversión en la nueva vivienda, aunque esta se vendiera este año y estemos entregando dinero desde el año pasado ¿o solo cuenta a partir de que vendes la vivienda?

Por otro lado, nosotros ampliamos la hipoteca inicial en 12000 euros más, y nadie nos dijo entonces, nos hemos enterado este año al hacer la declaración, que por esos 12000 euros no nos deberíamos haber estado deduciendo en hacienda y sin embargo, nos deducíamos el 100%. Dicha ampliación la hicimos en 2002, por lo que entiendo que sino se dieron cuenta antes, habrá prescrito y no pase nada. Pero a este respecto, ¿quiere decir que ahora esos 12000 euros no estarán exentos por compra de vivienda habitual y deberemos tributar por ellos? Entiendo que ahora, como se ha quitado la deducción por vivienda, no tendremos

Problemas al respecto, pues no podremos deducirnos nada en próximas declaraciones. Pero lo que si queremos es saber es si la ganancia obtenida por la venta de la vivienda (con sus

Correspondientes deducciones en las declaraciones desde el 2001, no hemos hecho aportaciones extras, solo hemos pagado la hipoteca normal cada mes)se podrá acoger a la exención y hasta cuándo tenemos para acogernos a dicha exención, aunque no creemos que del año que viene 2013 supere el que nos entreguen la nueva vivienda.

Si de esa ampliación de vivienda que hicimos en 2002 (12000) deberemos tributar ahora y no estarán acogidos a la exención.

Si todo el dinero que llevamos entregado hasta ahora, aunque se hiciera antes de vender la vivienda (mayo 2012) se puede considerar reinversión y si las mejoras que nos propone la constructora a realizar y que deberemos pagar con su correspondiente IVA y facturas también entran dentro de esa aportación que debemos hacer con la ganancia obtenida.

La nueva vivienda su importe es de 285.000 mas iva (ya nos han comentado hasta 311212 sera del 4% y el año que viene del 10%).

Muchas gracias por su ayuda y disculpe lo extenso de mi escrito.

Montse.

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Pues mira tu caso es un caso particular ya que con los cambios legislativos en materia de deducciones todo está en el aire en principio olvídate de los 12000 de ampliación no te va a pasar nada ya que ya prescribió por otro lado la exención por reinversión debes calcular el importe de la venta en este caso 122500 menos la cantidad pendiente de amortizar del préstamo para la primera vivienda y luego sobre el precio de la segunda la diferencia debe coincidir con la hipoteca que pides por la nueva es decir si cuesta 285000 más iva la hipoteca no debe ser superior a la diferencia entre los 122500 y la hipoteca pendiente de cancelar, ya que si no cumples este requisito no sería reinversión por adquisición de vivienda habitual, espero haberte explicado todo bien y si no es el caso pregúntame las dudas que tengas, saludos y espero haberte ayudado se agradece valoración por parte de los usuarios.

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