Solo habría que pagar IVA en el caso de que se obtenga un beneficio por la vivienda...
... ¿Y cómo sabe hacienda que obtenemos beneficio? - Pues porque hay una deducción en la declaración de la renta, que si indicas que tienes la casa alquilada, te descuentan un 15%, Con esto, ya saben que el propietario tiene la casa alquilada y está recibiendo un ingreso extra... Entonces le pedirán el 21% de IVA por esos ingresos "extras" obtenidos en concepto de arrendamiento (y que ya saben la cuantía del arrendamiento porque se lo ha deducido el inquilino) -Es un truco muy fiable para descontar a uno un dinero a cambio de que declare el arrendamiento y "cascar" al propietario el iva correspondiente por ese arrendamiento; Deducen 15% a uno y le "cascan" 21% al otro...
Si en tu caso, no declaras nada (no estás obligada a hacer declaración de renta si no tienes vivienda ni ingresos), o si declaras la vivienda como usufructuario sin pedir deduciones de ningún tipo, ya se sobreentiende que no se trata de un alquiler, sino de una cesion y que no hay beneficio económico por parte del propietario..
El IRPF significa Impuesto de Retencion a Personas Físicas y consiste en que el pagador te retiene un porcentaje que ingresa en Hacienda a tu nombre (y asi saben cuánto has ganado). Este impuesto solo se aplica a rentas adineradas, nunca contra inmuebles o ingresos que no sean en dinero; Dicho de otro modo, no hay retencion en bienes inmobiliarios, cosa que es razonable... no pueden "retenerte" el 2,5% de tu casa, por ejemplo... Además, los bienes inmuebles ya tienen otro tipo de impuestos, como el IBI.
Pero pienso que estas confundida es en el tema del "2% de IRPF"... Verás:
Para evitar la picaresca y hacer contratos por importes ridiculos o simbólicos, Hacienda indica que los beneficios mínimos a obtener por el alquiler son del 2% sobre el valor catastral de la vivienda, y en caso de familiares, el 1,1%.
Pero nada que ver con aplicar ese 2% de cargo... Piensa que si una vivienda de 150.000€, la alquilan por 350€/mes, se obtienen unas rentas brutas de 4.200€ al año. Si tuviesen que pagar a Hacienda el 2% del valor catastral, esto serían 3.000€, el 71,43% del beneficio bruto obtenido por la renta... además habria que descontar los gastos de agua, luz, gas, comunidad. Etc, y casi que alquilar un piso, te costarlia más que dejarlo cerrado... No tiene ninguna lógica.
Espero haberme explicado mejor en esta ocasion, y si tienes cualquier otra duda, sera un placer aclarartela...