Recurso de reposición contra providencia de apremio. IBI y Residuos urbanos.

Hace unos días recibí una providencia de apremio para el pago de la Tasa de residuos urbanos (El del IBI ya me han informado que me llegará también). El caso es que la vivienda objeto del impuesto no es, ni ha sido nunca, de mi propiedad. Los errores catastrales ya están subsanados y me informaron en el Ayuntamiento de Madrid de que no volverían a enviarme los recibos; pero los correspondientes al año 2011 ya habían sido emitidos antes de que actualizaran sus datos. He estado consultando en la Subdirección General de
Recaudación del Ayuntamiento de Madrid y me dicen que presente un escrito (por
registro) en el que diga todo mi caso.

Mi pregunta es que tipo de escrito es el apropiado: debo presentar un recurso de reposición, una reclamación económico-administrativa u otro tipo de escrito.

En el caso de interponer el recurso de reposición, me gustaría saber en que supuesto del artículo 167 de la ley 58/2003 encajaría este recurso.

Respuesta
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Un recurso de reposición por vulneración del art. 167.3.e) de la Ley General Tributaria, si bien no podrá acreditar que usted no es propietario de dicha vivienda, porque al tenor de su relato, entiendo que cuando manifiesta "me dijeron...", eso, sería de palabra y no de forma escrita.

Ruego cierre y valore

Gracias por su pronta respuesta.

Como decía anteriormente, los errores en el catastro han sido subsanados porque aporté nota simple de la vivienda en cuestión y aparece ya en el catastro el expediente abierto por la propia Gerencia de Madrid como "CORRECCIÓN ERRORES MATERIALES (JURÍDICO)".

Lo que me dijeron en Recaudación es que ellos no podían hacer nada de oficio, que debía presentar yo dicho escrito porque si no seguiría la vía ejecutiva.

Un saludo

Efectivamente así es, ya que la Gerencia del Catastro discurre por camino paralelo a la Recaudación de Tributos.

Ruego cierre y valore

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