Puede la AET retener la devolución de la renta conjunta por deudas de mi marido con la SSGG

Hice la renta del 2011 con mi marido porque nos salia mejor el prácticamente no tiene ingresos son todo míos, la vivienda todo mio, nuestro asesor así nos lo aconsejo, pero ahora la AET nos embarga el total de la devolución por deudas con la Seg. Social de mi marido. La cuenta de la devolución esta solo a mi nombre y yo tengo separación de bienes,¿es esto posible?

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Lamento decirle que es correcto. La AEAT recoge expresamente en su web lo siguiente:

"Características generales de la tributación conjunta.
(...)
Todos los miembros de la unidad familiar quedarán sometidos al impuesto conjunta y solidariamente, de forma que la deuda tributaria, resultante de la declaración o descubierta por la Administración, podrá ser exigida en su totalidad a cualquiera de ellos ".

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