Seguro Responsabilidad civil profesional

Por un problema que me ha surgido. Al hilo de la ley de sociedades profesionales he tenido que cambiar el objeto social de mi sociedad, y ha pasado de ser gestoría administrativa (profesional) a asesoría fiscal laboral contable (no profesional). Yo tenía un seguro de responsabilidad civil contratado con una compañía de seguros a través del colegio de gestores, que cubría mi responsabilidad profesional. Vale. Ahora al cambiar el objeto social y desligarme a nivel de sociedad del colegio de gestores, voy a la compañía de seguros y me dicen que no solo no puedo seguir con esta póliza que tenia porque ya no soy gestoría (esto lo entiendo, porque era una póliza a través del colegio) sino que además tendré complicado conseguir una póliza para mi nueva actividad porque ahora ya no soy profesional. Y yo alucino en colores. Más de diez años asegurada con ellos como gestoría y nunca ni una llamada de teléfono, ni un pequeño susto... Nada. Y ahora me amanecen con esto... ¿de verdad es así? ¿Me puedes informar de una compañía de seguros que asegure a asesores no registrados en colegios profesionales?
Respuesta
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Realmente es bueno que le digan que esa póliza no vale. Es mejor que le indiquen que ya no cumple los requisitos para que le sigan a asegurando, a que no digan nada, sigan cobrando la prima, y el día que tenga un siniestro no le cubra. A mi me parece una actitud profesional.
Yo a todos mis clientes que tienen gestoría o asesoría fiscal, como no comercializo productos de rc profesional, les he derivado a HCC Europe, es una compañía Suiza que asegura cosas de bastante riesgo. Eche un vistazo a ver si es lo que busca:
http://www.hcceurope.com/sp/Content/pi/pihome.htm
Saludos y gracias por valorar. Si alguna cuestión no le ha quedado clara, responda de nuevo. Un saludo cordial
Me vas a perdonar, antes de cerrar la pregunta tengo otra dudilla:
¿A quién debería poner como asegurado? ¿A la sociedad o a mí?
Porque en la actividad desarrollada personalmente está claro: tomador yo, asegurada yo.
Pero en todo lo que factura la sociedad... tomador la sociedad, está claro. ¿Pero asegurado? ¿La sociedad o yo misma? ¿O dependerá de a quién reclame el cliente?
Buf, qué lio...
Como prefiera, yo pondría a la sociedad de tomadora y a usted de asegurada.
Saludos y gracias por valorar. Si alguna cuestión no le ha quedado clara, responda de nuevo. Un saludo cordial

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