¿Puedo cerrar mi negocio si tengo deudas?

Expongo mi caso. Tengo 33 años, hace 8 años abrí un negocio como autónomo en Aragón en la provincia de Teruel,. Para el cual pedí un préstamo el cual avalaba mi madre y durante estos 6 años he ido pidiendo mas prestamos personales, todos ellos sin aval. Yo mismo avalo con la empresa.
Hace un año me pase de autónomo a sociedad limitada unipersonal y yo soy el administrador único.
En este periodo también he pedido un préstamo a mi nombre y otro a nombre de la empresa pero con la clausula de administrador único con lo que supongo que yo avalo con mis propiedades.
Aquí va la pregunta
El préstamo avalado por mi madre ya esta pagado y terminado.
Debo a los bancos unos 40000€ y unos 4000 a proveedores.
Como os comentaba antes, todos estos prestamos van sin aval de terceros.
Yo solo tengo a mi nombre 1/6 parte de la casa familiar y me han comentado que lo mejor es que se la venda o done a mi madre para que los bancos no puedan quitarle la casa a mi madre.
Si mañana cierro la empresa, ¿qué me pasaría con las deudas? ¿Me puedo declarar insolvente?
¿Puedo cerrar la empresa sin perjuicio para mi? ¿O tengo que hablar con bancos y acreedores para ver como hacer los pagos de las deudas?
Gente me dice que me declare insolvente y otros que cierre y que los bancos y proveedores se cobren con lo que tengo en la tienda.

2 Respuestas

Respuesta

En efecto, tal y como dice Luis Ramón hay que tener muy en cuenta a que nombre esta la documentación por si tienes que hacer frente a pagos de tu propio bolsillo. Mi prima trabaja en una empresa de calzado de Alicante como administradora legal y cuando cerraron tuvo muchos problemas con este tipo de cuestiones, ya que muchas deudas quedaron en manos de ella y no era precisamente baja la cantidad total. Al final tuvimos que contratar a un abogado para ver si podíamos evitar cuantos más pagos mejor y al final solo tuvimos que hacer frente a uno de ellos de 2.000€. Si tienes un problema así, te aconsejo que acudas a un abogado porque nadie conoce mejor los procesos como ellos para que pueda esquivar algunas obligaciones. Si quieres te dejo el contacto de este que contratamos nosotros y lo llamas a ver. Atiende sin compromiso y gratis, así que por probar no pierdes nada. https://www.munozabogadosalicante.es/abogados-empresa/  al final está el teléfono. Pregunta por Andrés y verás como te quita muchas preocupaciones, a nosotros sin duda nos las quitó.

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Sería muy apresurado decirle que debe hacer sin examinar la documentación que respalda la cuestión que plantea. No obstante, cuando las deudas e insolvencia afecta a una empresa, debe obligatoriamente declararse en concurso de acreedores. Aún así, las obligaciones personales, asumidas y avaladas con garantía personal, pueden serle reclamadas por los acreedores, si es que usted ha avalado personalmente.

Los créditos que no ha avalado personalmente, si no cumple con su deber de instar concurso de acreedores, se los reclamarán a usted, en virtud de su cargo como administrador.

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