Tributación por cancelación Hipoteca
Estoy pensando en cambiar mi hipoteca, pues necesito una ampliación del préstamo. En principio una solución sería la subrogación, pero hay entidades que no admiten la ampliación del capital que se debe, o en su caso, tardan bastante pues primero hay que hacer la subrogación y luego la ampliación. Por todo esto estoy barajando la posibilidad de cancelar el préstamo y abrir uno nuevo. Me surge una duda, pues me han dicho que por la cancelación debo de pagar la tribuación de la cancelación, que se calcula respecto al capital inicial del préstamo, no a lo que debo, pero por otro lado, he leído informaciones de que este impuesto que era del 0,5% aproximadamente se ha suprimido, y por lo tanto soy hay que afrontar los gastos de registro, notaria, gestoría, etc. Desearía saber cuanto antes, pues me urge, cual es la realidad, y saber si cancelo mi hipoteca actual, además de la comisión por cancelación, cual otros gastos tengo que afrontar (solo en cuanto a la cancelación, pues la nueva hipoteca ya los sé).
Respuesta de maquirriain
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