Carencia y Cadencia

He visto en un contrato en mi trabajo estos términos: "cadencia:3 meses" y también "carencia:3 meses", y no conozco el significado de esto.

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Normalmente son conceptos financieros, espero que te ayude, y lo adaptes a tu contrato.
Carencia: Periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo se pagan intereses y no se amortiza capital. Este periodo, cuando se contrata, suele tener una duración máxima de dos años.
Cadencia: O periodicidad. Frecuencia con que se realiza la modificación del tipo de interés en los préstamos contratados a tipo variable. Esta periodicidad varía normalmente entre uno y tres años.

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