Cancelar seguro coche pagado hace 2 días

Llevo cinco años con mi seguro de coche en una compañía. El seguro va desde 1 de enero a 31 de diciembre (el año natural).
Este año me lo han subido y lo quiero cancelar para cambiarme a otra compañía.
Me lo cobraron hace dos días por el banco. En el banco puedo cancelar un cobro en un plazo de 15 días o 20, no recuerdo exactamente.
Mi pregunta es:
A día de hoy, 10/01/2008, puedo cancelar el seguro que me han cobrado el día 08/01/2008 y que cubre de 01/01/2008 a 31/12/2008? Me puede obligar la compañía legalmente a continuar? ¿Me meterían en alguna lista de morosos?
Por otro lado, ¿qué es mejor que haga?: ¿Cancelo el pago en el banco y ya está? ¿Lo cancelo primero y aviso a la compañía después? ¿Aviso primero y cancelo después?
No quiero contratar un seguro nuevo y luego tener que soportar el que ya tengo, ya que tendría que pagar dos seguros.
Respuesta
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En teoría y según la Ley de Contrato de Seguro, ambas partes (tant tu hacia la compañía como la compañía hacia ti) deben comunicarse por escrito con dos meses de antelación al vencimiento de la póliza la intención de anular la misma.
Esto es la teoría.
En la practica algunos asegurados devuelven el recibo del banco y comunican a la compañía su deseo de anular la póliza.
No obstante la compañía puede exigirte el pago del recibo por lo que te he comentado antes y estaría en todas las de ganar ante un juez.
Prueba a devolverlo y llamarles para que te anulen la póliza y si hay suerte eso que te llevas.
Para sucesivos vencimientos, pide precio con la suficiente antelación y les comunicas tu deseo de anular la póliza por carta certificada y así te evitaras problemas.
Muchas gracias por la respuesta.
Solo tres cosas más:
¿Puedo argumentar en mi favor que el importe de la póliza ha sido incrementado sin comunicárseme?
Ya que me hablas de la teoría y la práctica: ¿Cómo suelen acabar los casos que conoces? ¿Suele ir la compañía a juicio?
Si anulo el cobro y contrato un nuevo seguro por otro lado, ¿me encontraré con la obligación de tener que pagar los dos?
Gracias.
Normalmente las Compañías te giran un aviso de cobro de la nueva anualidad en al que viene reflejado el nuevo importe que te van a cobrar, pero también hay veces que no las envían.
En principio no vale argumentar que te han subido la prima para poder anular la misma, a no ser que la subida sea demasiado grande y estos no te puedan justificar la misma.
Estos casos la mayoría de las veces suelen acabar bien; el cliente devuelve el recibo y la compañía le anula la póliza, aunque también he de decirte que en algunos otros la compañía reclama hasta el final el importe del recibo ateniéndose a lo comentado en mensaje anterior.
En caso de devolver recibo y hacerte una póliza nueva decirte que si la antigua compañía te reclama el recibo, aun teniendo el nuevo pagado, la nueva compañía debería devolverte la prima pagada por duplicidad de cobertura en el riesgo asegurado, presentándole el recibo de la antigua para justificarlo.
Como te comentaba ayer, prueba a devolver el recibo y pasados unos días recibirás carta de la compañía en la que te dirán que el recibo salio devuelto, sino les llamas tu y en ambos casos les dices que te anulen la póliza y ver por donde tiran. Una vez lo consigas te haces la nueva póliza. No hay problema con la cobertura por devolverlo, tienes un mes para pagarlo y en caso de siniestro, lo pagas en el acto y tendrás plena cobertura para el mismo, si existe.
Espero no haberte liado demasiado y vayas teniendo más claro el tema.

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