Accidente de coche

En un accidente donde la parte contraria ha aceptado los daños por convenio, mi compañía ya ha cobrado los daños materiales de mi vehículo según el convenio estipulado entre ellas, ¿tengo qué aceptar la cantidad de dinero que me ofrecen?, ¿Si no estoy conforme con esta cantidad debería contratar a un abogado externo? ¿Y en todo caso que posibilidad de ganar el juicio contra mi compañía habría? Siempre y cuando yo quiera reparar, puesto que me han comentado en mi compañía que últimamente ya no se ganan tantos juicios de estos, quizás para meter miedo. ¿En todo caso que posibilidades tengo para solucionar el asunto? Puesto que yo quiero reparar ya que no estoy conforme con la cantidad que me ofrece mi compañía, teniendo en cuenta que ya es un tramite interno de esta, ya que la otra compañía ya ha pagado esos daños materiales con la cantidad que estipula el convenio que tienen entre ellas. La primera opción seria contratar a un abogado externo, pero esto es bastante costoso, creo, ¿y cómo se que vamos a ganar el juicio?
Respuesta
1
Te voy a contar un caso de un cliente mío que esta en el mismo caso y que tu puedes aplicar a tu caso.
Mi cliente S.A. tuvo un accidente de moto en el cual se hizo atestado y quedo claro que el contrario era culpable, por lo cual la compañía contraria acepto el convenio y nuestra compañía perito el vehículo del asegurado, dándole siniestro total y ofreciendo una cantidad muy inferior a la que esperaba el asegurado.
En ese momento como no estábamos de acuerdo decidimos utilizar la defensa jurídica de la compañía y reclamar directamente al contrario y a la compañía del contrario ( Si tu compañía te dice que no tienes derecho a abogado, coges el condicionado general de la póliza lo pone muy claro y se lo lees a la cia ya que lo marca la ley de contrato de seguro y no se puede modificar. Te aconsejo que el abogado lo escojas tu ya que es de libre elección).
Ahora mismo estamos reclamando directamente a la compañía contraria, ya que el convenio no es vinculante y si no estas de acuerdo siempre tienes la vía civil.
No dejes en ningún momento que la compañía te amenace, si lo hace amenázales tu con enviarlo todo a la Dirección General de Seguros(les suele amedrentar bastante).
Si ves que no te hacen caso, habla con un abogado ofrécele llevar la reclamación pero que el se ponga de acuerdo con la compañía para cobrar sus Honorarios. Busca siempre uno que sea especialista en automóviles, te aconsejo abogados que trabajen para Arag (Compañía de defensa Jurídica).
¿Si te surge algún problema y no sabes que hacer?, preguntame.
Actualmente me han comentado que el echo de que se repare o no mi vehículo es tema interno de mi compañía, puesto que la otra ya ha pagado el convenio establecido. Por lo tanto, creo que no puedo escoger un abogado de mi compañía puesto que he de denunciar a mi propia compañía, ¿no?, entonces es mejor que vaya a arag, a contratar a un abogado, pero lo que no entiendo es como este va a cobrar directamente de mi compañía, ¿esto se puede hacer?
No vas a reclamar a tu propia compañía ya que el daño no lo ha causado tu compañía, vas a reclamar a la compañía contraria y al tercero causante, tu compañía lo único que hace es prestarte defensa jurídica, ya que tu no estas de acuerdo con la indemnización que ella te facilita por el coche, pero tu a tu compañía no la puedes reclamar judicialmente ya que no te ha causado el daño.
Lo único que consigues es saltarte el convenio por no estar de acuerdo con la indemnización que te propone tu compañía y tienes derecho a reclamar fuera de convenio.
En arag no puedes contratar ningún abogado, lo único que les puedes solicitar es que te faciliten el nombre de alguno que sea bueno, también te aconsejo que contrates una póliza de Arag ya que en este caso te hubieras olvidado del tema y reclamarían ellos.
También puedes nombrar un perito que haga una peritación para ti y si es diferente la peritación ir al arbitraje de un tercero.
Si la compañía no te hace caso y no quiere poner un abogado, escribe una carta a la DGS (DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS)exponiéndole el tema y refiriéndote a la ley del contrato de seguro que te faculta a tenerlo.
Cuando te contesten si quieres me consultas.
Sin otro particular, atentamente.
No olvides votarme.
Paco10

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas