Seguro a todo riesgo y accidente de coche

Tuve un accidente de coche porque otro vehículo se salto un semáforo en rojo al final las compañías de seguros no se ponen de acuerdo y ha quedado como que no se sabe quien tuvo la culpa yo tengo el seguro a todo riesgo por lo que entiendo que cubre al ocupante que iba conmigo y le indemnizaran pero mi duda es la siguiente en mi póliza pone que cubre al conductor eso quiere decir que también cubre su indemnización?

Respuesta
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El ocupante quedará cubierto por el seguro obligatorio del vehículo responsable (tanto si es del Ud., como si es el del contrario).

Si el vehículo responsable es el contrario, sus daños (lesiones, etc.) deberá reclamarlas a la Aseguradora del contrario.

Si el vehículo responsable es el de Ud., sus daños (lesiones, etc.) deberá reclamarlas a la aseguradora de Ud.

Si no sabe o no se determina quien es el responsable, le aconsejo que el ocupante reclame a ambas, pero como ambas pueden rehusar al no considerarse responsables, supongo que la única vía que le quedará es demandar judicialmente a ambas, y que sea el juez quien determine, para lo cual, precisará contratar abogado, etc..

El conductor queda cubierto únicamente por la garantía de ocupantes (actualmente denominada accidentes de conductor, o algo similar), que generalmente cubre una indemnización establecida en caso de muerte, invalidez y gastos sanitarios.

Dicha garantía beneficia al conductor asegurado independientemente de su responsabilidad en el siniestro.

Es decir, si el responsable es el contrario, su aseguradora deberá reclamar a la aseguradora contraria los daños y perjuicios (lesiones, etc.) a través de la garantía de reclamación de daños.

Pero esa garantía (la de reclamación de daños), también es independiente de la garantía de accidentes del o conductor, por tanto, si Ud. como conductor se muere en un accidente de circulación en el que el responsable es el contrario, sus herederos podrían reclamar tanto al contrario causante (lo que la ley establezca por dicho fallecimiento), como a su propia aseguradora por el capital estipulado estipulado en su póliza dentro de la garantía de accidentes de conductor.

La principal función de la garantía de accidentes del conductor es que el conductor de un vehículo (a diferencia de un ocupante) NO es un tercero frente al propio seguro, por tanto, si Ud. con su vehículo se pega un leñazo contra un árbol... (culpa suya) su asistencia sanitaria sería atendida a través de la garantía de accidentes de conductor (y no a través de la garantía de responsabilidad civil que sería la garantía que atendería los daños al ocupante de su vehículo si Ud. tiene la culpa).

Es un poco lioso... pero resumiendo, y a su concreta pregunta final... normalmente, cuando dice que queda cubierto el conductor se está refiriendo a la garantía de accidentes de conductor que suele incluir en las pólizas de autos y que, normalmente, cubre la muerte, la invalidez total y permanente, y la asistencia sanitaria, todo ello hasta el capital asegurado estipulado.

Ni mas, ni menos.

Por tanto, como Ud. no se ha muerto, ni debe haber quedado invalido, y su asistencia sanitaria ya debe haberla abonado su aseguradora, dicha garantía no tiene mucho más que cubrirle a Ud.

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