En mi opinión y según lo expuesto, Ud. necesita un seguro de Responsabilidad Civil inmobiliaria (Pura).
También podría servir el seguro de hogar contratado si incluye la responsabilidad civil del inmueble.
El problema podría estar en la declaración del riesgo. Es decir, cuando Ud. contrata, le piden una serie de datos. Se sobreentiende que cuando contrata un hogar, lo que contrata es un hogar y no cuatro paredes ruinosas.
Es más que probable que el seguro de hogar excluya de cobertura cualquier daño (y digo bien -cualquier-) por falta de mantenimiento o reparaciones necesarias para el buen estado de conservación del inmueble.
Evidentemente sus cuatro paredes no es un inmueble en condiciones, por lo que debo presuponer que su seguro de hogar difícilmente puede cubrir ningún evento ocasionado en la vivienda (daños), o desde la vivienda (R.C.), pues ante todo está claro que no es una vivienda.
En definitiva, dudo mucho que su seguro de hogar le esté cubriendo lo que Ud. quiere o necesita cubrir.
Lo que Ud. necesita es un seguro específico de Responsabilidad Civil que ampare el concreto riesgo que se asegura.
De entrada, dudo que existan productos que prevean dicha cobertura, pues como Ud. bien dice no se trata de un bien habitual con posibilidad de riesgo accidental, sino de un bien ruinoso de riesgo previsible.
Eso no quiere decir que no haya algún producto o aseguradora que desee hacer el seguro.
Por eso, en mi opinión, Ud. Necesita un seguro de responsabilidad civil inmobiliaria (pura), con una exacta descripción del riesgo que se asegura, y una pormenorizada derogación de toda cláusula que invalide su cobertura.
Es decir, un seguro (casi) a medida.
Aunque también es cierto que un seguro de hogar también sería válido si se cumple lo anterior, es decir, una exacta descripción del riesgo que se asegura, y una pormenorizada derogación de toda cláusula que invalide su cobertura.
Aunque eso (es decir, hacerlo a través del producto de hogar, lo veo mucho más difícil, pues si las aseguradoras se mojan poco a la hora de suscribir, no le digo ya con cuatro paredes).
De ahí que le sugiera una R.C. pura.
Cuando digo PURA me refiero a un seguro del ramo puro (producto) de responsabilidad civil adaptado al riesgo que se pretende asegurar (y no a través de un producto de hogar).
Cuando digo una exacta descripción del riesgo, me refiero a que en la póliza tiene que quedar muy claro que lo que se asegura no es una vivienda, sino cuatro paredes, etc.etc..
Y cuando digo una pormenorizada derogación de toda clausula que invalide su cobertura, me refiero a la eliminación de cualquier cláusula que limite o excluya de cobertura si el riesgo está en estado ruinoso, deshabitado, etc. etc.
Le conviene ir a un Corredor de seguros y exponerle lo anterior (en negrita).
En cualquier caso, creo que lo tiene Ud. muy muy difícil (aunque en seguros casi nada es imposible).
Suerte.
Cris.