En principio creía que se trataba de un vehículo alquilado en españa, pero al parecer no es así ¿verdad?.
Lo digo porque lo poco que sé sobre alquileres y seguros, siempre se refiere a españa (la costumbre, la legislación, lo que solemos ver, etc.).
Si se trata de un alquiler en el extranjero, entonces poco puedo opinar, porque desconozco sus costumbres, su legislación, etc.
No obstante, sigo pensando pudiera tratarse de uno o dos errores de interpretación.
Ud. Dice: "Con esa simple frase dicen que se podría reducir la franquicia por cualquier daño causado por una colisión tanto en la autocaravana (el vehículo alquilado) como en la propiedad de la tercera parte."
La traducción (informática) de la cláusula es:
¿Puedo reducir mi franquicia?
Sí. Usted puede reducir la franquicia en un 50% de los daños causados en un accidente ya sea a la caravana o la propiedad de terceros. Véase el sitio web para los gastos corrientes.
Esto no incluye el costo de los daños a los parabrisas, neumáticos o los espejos laterales. Usted puede comprar nuestros "sensible" del paquete. Véase el sitio web para gastos corrientes.
Efectivamente, tal como se indica, parece querer decir que la franquicia se aplica sobre cualquier daño (sea propio o de tercero).
Lo cual, me da que pensar que en españa no lo había visto nunca, porque los daños a terceros se cubren mediante el seguro obligatorio del propio vehículo.
Si en dicho país de aplican una franquicia por unos daños causados a terceros, cuando resulta que debieran estar cubiertos por un seguro obligatorio, ya es el colmo.
Otra cosa distinta es que en la factura del alquiler incluyan un concepto relativo al seguro obligatorio, pero de ahí a aplicarte una franquicia, realmente sería una tomadura de pelo.
Lo que sí tiene sentido es que con o sin franquicia, y con o sin prima adicional, te permitan cubrir los daños propios por cualquier motivo (salvo determinados elementos, tal como dice la cláusula), es decir, ya sea por colisión, o sin colisión.
Es decir, los daños propios (al igual que los daños a terceros los puedes ocasionar tanto por colisión, como sin existir colisión).
Tal vez la cláusula la interpretamos mal (o la traducción es literal sin el significado que ellos podrían darle).
Yo pienso que lo normal sería cubrir (con franquicia), por una lado -los daños de cualquier índole sobre la propia Caravana-, y por otro lado -daños propios por colisión a terceros perjudicados.
En cualquier caso, lo lógico y normal es que la franquicia se aplique únicamente sobre los daños (propios) en la propia caravana (y luego, lo siguiente, sería una aclaración de las causas cubiertas que hayan ocasionado dichos daños propios, es decir, una causa sería el daño ocasionado sobre la propia caravana -por cualquier motivo-; y la otra causa sería el daño ocasionado sobre la propia caravana -como consecuencia de una colisión contra un tercero-.
Y esa sería la manera de cubrir los daños p<span style="background-color: #fafdf8;">ropios de la caravana (independientemente de la franquicia que se estipule)</span>,
PERO LO MÁS RELEVANTE es que le hayan aplicado a Ud. DOS FRANQUICIAS, lo cual es el colmo de los colmos.
Es decir, que por una sola colisión en la que lógicamente se ocasionan daños tanto a la caravana como a un tercero perjudicado, le aplican a Ud. una franquicia por cada daño, cuando resulta que ambos daños son por una misma colision o lo que es lo mismo, por un mismo siniestro, más cuando uno de los daños ni tan siquiera es de su vehículo arrendado.
Mire, no puedo opinar mucho más porque estamos hablando de un contrato de arrendamiento privado entre un arrendador (la empresa de la caravana) y un arrendatario (Ud.), y NO de un contrato de seguro regulado por Ley (y en ambos casos, peor todavía porque no ocurre en españa), pero independientemente de que sea o no legal (a saber según el país de origen) lo que sí tengo claro es que es una verdadera tomadura de pelo.
Y lo anterior, nunca lo he visto ni oído antes en españa.
Mire si puede averiguar y contactar con alguna oficina de consumo en dicho país, y remitirle la documentación. Tal vez tenga suerte.
Lo siento.
Cris.