Cuenta ahorro vivienda para dos

Mi chico y yo estamos pensando en abrir una cuenta de ahorro vivienda.. Dado que ambos trabajamos ¿deberíamos abrir 2 o 1 para beneficiernos al máximo de la deducción?. Otra pregunta al respecto, en el caso de que una cuenta vivienda esté abierta solo durante un año y después se destine a la adquisición de la vivienda.. ¿también es deducible dicha adquisición? Es decir.. ¿son compatibles?

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Vamos por partes. Al no estar casados ni formar unidad familiar lo que más os interesa es abriros una cuenta vivienda independiente cada uno, de tal forma que os deduzcáis el total de lo que ingreséis sin que os pueda afectar la limitación de la base imponible. Respecto al plazo, la ley sólo habla de plazo máximo y de destino del dinero, con lo cual tu puedes tener la cuenta abierta un año y si destinas el dinero a la adquisición de vivienda habitual es deducible, pero ojo, como aportación a cuenta vivienda. Como adquisicióin de vivienda serán deducibles los capitales ajenos (la hipoteca)
Para empezar muchas, muchas gracias por la respuesta. De todas maneras me ha surgido una dudilla: si yo tengo una cuenta en la que ha habido este año movimientos (débitos y abonos) y a partir de ahora la quisiera utilizar como cuenta vivienda..¿se podría contando a partir de que no haya más cargos o se debe abrir una completamente nueva en la que nunca los haya habido?. Gracias de nuevo!
La verdad es que en este asunto hay una cierta indefinición. En unos sitios, Hacienda en el Reglamento habla de depósito y en otros habla de cuentas, y bancariamente son dos cosas diferentes. Además, en consultas efectuadas, Hacienda dice que se podrá considerar cuenta vivienda aquella en la que sin necesidad de que se denomine como tal y sin que lo ponga el reglamento de contratación, las cantidades aportadas se destinen a la compra de vivienda habitual (o su rehabilitación). Por otra parte, en pura teoría, el plazo en el que debes hacer la inversión es de 4 años desde que se abrió la cuenta.
Creo que por un sentido práctico deberíais abrir una cuenta vivienda, para evitar tener que hacer justificaciones innecesarias a Hacienda, y para que os la remuneren al 2% o algo por el estilo. La cuenta que tengas hasta ahora en la que haces ingresos y cargos estará remunerada al 0'1 % o menos. Y además, no tendréis problemas de interpretación del plazo.

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