Trampas Legales Cuenta Vivienda
Según lo que he leído sobre las Cuentas Viviendas, sé que no es obligatorio abrir cuentas ahorro "vivienda" (como los bancos nos hacen creer), sino que cualquier cuenta de ahorro valdría, e incluso cualquier producto de ahorro. En mi caso, mi Cta Viv. La tengo en una cuenta de ahorro normal que me produce más que la "cuenta vivienda" ofrecida por la misma entidad.
Mis preguntas son:
1- Además de valer cualquier producto de ahorro, ¿valen también como Ctas viviendas los depósitos?, es decir, ¿podría cambiar mi actual Cta Viv. A un depósito a medio plazo? ¿Y si ese depósito fuese en libras u otra divisa?
2-La ley dice que no se puede destinar el dinero que estas ahorrando (durante esos 4 años) a otros gastos que no sean los de viv. Hab. ¿PERO, y si no lo destino a gastos sino a inversión? ¿Podría invertirlos por ejemplo en un fondo de inversión garantizado que me garantiza el 100% de lo aportado?
3-Ultima pregunta que le llevo tiempo dando vueltas: Si, como supongo, cualquier depósito me sirve como Cta Viv, y está permitido cambiar de Cta Viv (indicándolo en la siguiente declaración de la renta), en teoría, yo podría jugar con mis ahorros durante este año cambiándolos de banco varias veces al año y poniéndolos en los depósitos (o ctas ahorro) que me ofrezcan más rentabilidad. Sería como cambiar varias veces en el mismo año de Cta Viv., indicando en la próxima declaración de la renta, los datos de la última.
Gracias adelantadas. Me urge conocer las respuestas (soy un ávido usuario de varias bancas electrónicas al que le gusta aprovechar las ofertas periódicas que ofrecen estas entidades)
Mis preguntas son:
1- Además de valer cualquier producto de ahorro, ¿valen también como Ctas viviendas los depósitos?, es decir, ¿podría cambiar mi actual Cta Viv. A un depósito a medio plazo? ¿Y si ese depósito fuese en libras u otra divisa?
2-La ley dice que no se puede destinar el dinero que estas ahorrando (durante esos 4 años) a otros gastos que no sean los de viv. Hab. ¿PERO, y si no lo destino a gastos sino a inversión? ¿Podría invertirlos por ejemplo en un fondo de inversión garantizado que me garantiza el 100% de lo aportado?
3-Ultima pregunta que le llevo tiempo dando vueltas: Si, como supongo, cualquier depósito me sirve como Cta Viv, y está permitido cambiar de Cta Viv (indicándolo en la siguiente declaración de la renta), en teoría, yo podría jugar con mis ahorros durante este año cambiándolos de banco varias veces al año y poniéndolos en los depósitos (o ctas ahorro) que me ofrezcan más rentabilidad. Sería como cambiar varias veces en el mismo año de Cta Viv., indicando en la próxima declaración de la renta, los datos de la última.
Gracias adelantadas. Me urge conocer las respuestas (soy un ávido usuario de varias bancas electrónicas al que le gusta aprovechar las ofertas periódicas que ofrecen estas entidades)
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Respuesta de amletrado
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Respuesta de mitcoes
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