Descanso

Hola Luismacia: llevo trabajando con una empresa de trabajo temporal (ETT) 8 meses. Los servicios los presto en otra empresa del sector de la metalurgia. La jornada es de 8 horas diarias, de lunes a viernes (40 semanales). La tarea a realizar es en una cadena de producción, con lo cual hay que adecuarse a la velocidad de la cadena. La cuestión es que en estas 8 horas no hay ningún descanso. La pregunta sería si por ley me corresponde algún descanso dentro de estas 8 horas.
A ver que me puedes decir sobre esto.
Gracias de antemano y un saludo.

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Tendrías que ver el convenio por el que se rige el sector, aunque no creo que hablen de ningún descanso establecido. Otra cosa es que por salud laboral (ergonomía y psicosociologia del trabajo), sea recomendable e incluso obligatorio efectuar descansos o rotaciones en el puesto. Sería interesante que comentaras esta situación con el delegado de prevención de la empresa que prestas los servicios o en su defecto con el delegado de tu ETT. Si se ha realizado un análisis del puesto de trabajo correcto por parte de un Servicio de Prevención, se explicará cuáles son las condiciones idóneas de ejecución de tareas. Un saludo. Luis

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