Excedencias

Me cumplió la excedencia el 31 de mayo y mi empresa me dio un papel diciendo que cuando tenga hueco me llamará porque ahora no hay nada, yo cobro el paro, pero me dicen que si me despido del trabajo no lo cobraría, quisiera saber si el año de paro que me queda lo perdería al despedirme, y si podría solicitar paro tras trabajar un año en otras empresas

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Perdón por la tardanza! Exacto hasta que no haya un puesto libre en tu empresa igual o de similar características al que venías disfrutando no tienen la obligación de reincoorporarte a la plantilla. Ahora dices que estas cobrando el paro, y tienen razón, si tu causas una baja voluntaria en la empresa no cobrarías el paro (el generado hasta el momento de la baja voluntaria) pues no es por causa del empresario es por causa personal tuya.
En el supuesto de que decidieras darte de baja voluntaria en la empresa actual y empezaras a trabajar en otra empresa y si lógicamente en las otras empresas te despidieran por causa del empresario no por causa tuya el tiempo generado para la prestación de desempleo te computaría el tiempo que has estado en alta en las nuevas empresas y el tiempo que has estado en alta en las anteriores empresas siempre y cuando estés mínimo 12 meses en las nuevas empresas.
De todas formas te recomiendo que acudas a la Orientadora Laboral de la oficina del INEM más cercana a tu domicilio.
No se si te entendí bien, creo que me estas diciendo que el año acumulado de la empresa de excedencia, si yo me despidiese de ella, solo lo volvería a recibir si he estado en otra empresa al menos un año y me hubiesen echado ellos, ( imagino que esto del año puede ser continuo o por contratos hasta acumular el año). Dime si es o no así
Exacto es así y si da igual que durante ese año mínimo que te exigen sea con un contrato o con más de uno pero la duración de todos los contratos deben sumar mínimo 12 meses.

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