Dudas contrato por obra determinada
En primer lugar, agradecerte de antemano la atención prestada. Te cuento:
Actualmente trabajo con un contrato por obra y servicio determinado desde el 1 de Noviembre de 2002. Dicho contrato me da una categoría profesional de nivel 5, cuando soy licenciado. Además la supuesta obra en la que yo estoy trabajando no se adecua a las tareas ejercidas, ya que no tiene nada que ver. Además lo que en un principio era una media jornada, ahora es una entera cobrada en B.
Como fecha de finalización del contrato se sitúa hasta fin de obra, pero yo nunca estuve trabajando para dicha obra.
Por condiciones personales, tuve que tragar con estas condiciones paupérrimas pero ahora que quiero dejar el trabajo, me gustaría saber algunas cosas:
¿Qué derechos adquiridos tengo? A la firma me dijeron que al transcurrir un año, obtendría derecho a desempleo. ¿Es así?
Si yo quisiera irme, ¿tendría qué alegar baja voluntaria o podría alegar que la obra ha terminado? En qué opción tendría derecho, si lo tuviera, ¿a cobrar el desempleo? Si
denuncio a la empresa por atentado grave al derecho laboral, ¿qué pruebas me harían falta para ser admitida dicha denuncia? ¿Qué beneficios obtendría?
A la espera de tus noticias, un cordial saludo.
Espero no ser demasiado exhaustivo en las preguntas.
Julio Jiménez Clemente.
Actualmente trabajo con un contrato por obra y servicio determinado desde el 1 de Noviembre de 2002. Dicho contrato me da una categoría profesional de nivel 5, cuando soy licenciado. Además la supuesta obra en la que yo estoy trabajando no se adecua a las tareas ejercidas, ya que no tiene nada que ver. Además lo que en un principio era una media jornada, ahora es una entera cobrada en B.
Como fecha de finalización del contrato se sitúa hasta fin de obra, pero yo nunca estuve trabajando para dicha obra.
Por condiciones personales, tuve que tragar con estas condiciones paupérrimas pero ahora que quiero dejar el trabajo, me gustaría saber algunas cosas:
¿Qué derechos adquiridos tengo? A la firma me dijeron que al transcurrir un año, obtendría derecho a desempleo. ¿Es así?
Si yo quisiera irme, ¿tendría qué alegar baja voluntaria o podría alegar que la obra ha terminado? En qué opción tendría derecho, si lo tuviera, ¿a cobrar el desempleo? Si
denuncio a la empresa por atentado grave al derecho laboral, ¿qué pruebas me harían falta para ser admitida dicha denuncia? ¿Qué beneficios obtendría?
A la espera de tus noticias, un cordial saludo.
Espero no ser demasiado exhaustivo en las preguntas.
Julio Jiménez Clemente.
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Respuesta de azara
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