Muy bien, no había entendido correctamente tu jornada laboral. La nueva reforma laboral expone que puedes quitarte entre un 12.5% a un 50% de tu jornada diaria. Esto quiere decir que no puedes elegir un solo día a la semana si trabajas de lunes a jueves y viernes o domingos, tienes que reducirlo de cada día que trabajas. Sí tienes todo el derecho a elegir el porcentaje y el horario (aunque tu convenio colectivo puede regularlo, (deberías echarle un vistazo para no llevarte sorpresas desagradables).
Lo que no regula la nueva ley es que tenga que ser el mismo porcentaje todos los días. Por ejemplo, si tienes un horario de lunes a jueves (de 9h a 14 y de 17 a 20) y trabajas el viernes de esa semana puedes hacerlo así: Lunes a jueves de 9 a 14, quedando las tardes libres (37.5% de la jornada, pues trabajarías 5h por las mañanas) y el viernes podrías reducirlo al máximo, hasta 4h (50% de la jornada).
En todo caso debes comunicarlo 15 días antes, por escrito o verbalmente, dependiendo de lo que dicte el convenio de tu sector (antes de la reforma no era necesario). Además te recomiendo que para hacer el mejor uso de este derecho, cuenta con la posibilidad de llegar a un acuerdo con tu jefe para que si quieres te puedas quitar días concretos o elegir un horario fuera de tu jornada ordinaria, aunque el convenio exponga otra cosa, finalmente el acuerdo entre empresario y trabajador es lo que contaría. Pero si es así, asegúrate de que las condiciones a las que lleguéis sean para mejor y en tu beneficio, claro.