Disolución de condominio conflictivo

En diciembre de 2006 compre un piso con mi pareja, (actualmente aún somos pareja de hecho, en el registro de la Comunidad de Madrid), en mayo de 2007 se rompió la relación, ella es norteamericana. El piso lo alquilamos, y seguimos pagando el resto de la hipoteca y demás gastos a medias, hasta agosto de 2007, a partir de esa fecha dijo que no podía pagar más.
Ofreciéndole yo lo que había puesto hasta el momento, y asumiendo yo todas las cargas, le pedí que hiciéramos una disolución de condominio a mi favor, pero ella me pide mucho más dinero de lo que puso, ahora me encuentro pagando todos los gastos y tampoco puedo vender la vivienda, ya que debemos más de lo que ahora nos darían por ella, ademas mis padres son avalistas y debemos también dinero a amigos comunes de España, mis preguntas son las siguientes:
¿Podría obligarla a ella a que asumiera los gastos de la hipoteca (de la cual es titular al 50 %, igual que yo), a medias de alguna manera, aunque ella sea norteamericana y viva allí?
¿Podría solicitar una disolución de condominio, a mi favor, pagándole lo que puso, aunque sea revalorizado con el IPC, sin que un juez sacara el piso a subasta?
¿Podría dejar constancia de que solo pago yo y en el momento de la venta recuperar lo que he pagado yo de más?
En fin, lo que me gustaría saber, es si hay alguna manera posible de no salir arruinado de esta situación

3 Respuestas

Respuesta
Si pienso que pagarle lo que ha puesto es la mejor solución. Somos un despacho de abogados si necesita mi ayuda me puede llamar al 607648981 o 914089244 (preguntar por José Ortiz).
Ya, eso se que es lo mejor, ¿pero ella ha puesto 7000? ¿Y me pide 22000?, y no estoy dispuesto a darle eso, quedarme con las deudas, y con una vivienda depreciada considerablemente por la bajada de la vivienda en Madrid, por eso preguntaba si alguna de las tres posibilidades que planteo es viable.
Gracias
Una vez que se presenta una demanda hay mucha negociación entre abogados se puede llegara cualquier acuerdo.
Osea, que de cualquier modo lo primero seria poner una demanda para realizar la disolución de condominio por vía judicial, de manera que tuviera que negociar.
No hay manera posible de obligarla a pagar su parte, o dejar constancia de que pago yo solo
Gracias
Si pone la demanda primero tiene una situación de ventaja. Puede probar en el juicio que solo paga usted ahora con los correspondientes recibos bancarios.
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Tendrás que instar un procedimiento de disolución de copropiedad o división de pro indiviso (o sea, solicitar que se deje de ser común) y acreditar que eres tu quien realiza los pagos de la hipoteca. Por tanto, tendrñas que probar mediante los ingresos que realizas a tu nombre (asegurate que lo pone) que eres tu quien paga y además solicitar que se tase el bien y que te lo adjudiquen en cuanto a la parte que tu ya has abonado e incluso puedes hacer el ofrecimiento de pago en la propia demanda para evitar que lo saquen a subasta (si no se ponen de acuerdo los copropietarios así se hace). Creo que es lo mejor para que puedas adjudicarte el bien sin tener que abonar todo lo que te pide tu ex. Incluso negocia con el banco que si tu eres quien realiza los pagos conste así, que ella no pueda adjudicarse el bien por mitad sin pagar lo que tu ya has abonado
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Efectivamente podrías requerir el pago de la mitad de la hipoteca tu ex pareja. El problema es que al residir en EEUU deberías solicitar lo que se denomina una "comisión rogatoria", esto es, el emplazamiento de tu ex novia en EEUU, mediante auxilio judicial. Ello te supondrá mucho gasto (pues debes aportar todos los documentos con traducción jurada al inglés) y sobre todo muchísimo tiempo, en ocasiones más de 5 años. Además, para hacer efectivo las cantidades que les reclamas, deberás subastar los bienes embargados, y me temo que e España únicamente tendrá cuesta casa
No pueeds obligarle a vender su parte a tu favor, por lo que sinceramente, creo que lo más rápido es instar la división de la cosa común, esto es, la venta en subasta de la vivienda. (Te reomendadía una estrategia procesal consistente en alegar desconocimiento de su domicilio, aunque eso debes tratarlo personalmente con tu abogado).
Para licitar en la subasta, los extraños deberán depositar el 20% del valor de tasación, cosa a la que tú no estarás obligado. En este tipo de subastas, con hipoteca de por medio, no suelen pujar terceros extraños, por lo que creo que lo tendrías bien. Además. Sólo pagarías la mitad de lo ofrecido, pues la otra ya es tuya.
Te diré, por ejemplo, que un cliente mío se ha adjudicado un chalet en la costa, cuya mitad era de su ex mujer, por menos del 50% de su valor
Obviamente, todo peito tiene un riesgo, pero es que no veo mejor solución.

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