Sentencias

Bueno llevo 1 año divorciado tengo 2 niñas menores en la sentencia de divorcio me salí favorable ya que ella no se presento y la declararon en rebeldía, tengo una hipoteca que la dsfruta ella, en la sentencia le doy dos años para que acceda al mercado laboral si en esos dos años nno accede al mercado laboral igualmente me tiene que pagar el 50% de la vivienda mi pregunta es ya que eso la dicho un juez ¿si ella sigue sin trabajar que ocurre ya que yo le voy a exigir el 50%? ¿Qué le puede ocurrir si no me paga el 50% del material escolar? Muchas gracias espero haberme explicado bien espero repuestos gracias

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Me gustaría aclarar que una hipoteca no se disfruta, sino que se soporta. Y aunque uno de los dos sí disfrute de su uso, el valor de propiedad no se pierde. En cuanto a su pregunta, si ud. percibe la cuota que ella está obligada a satisfacerle sólo le queda ejecutar esa sentencia para tratar de embargarle y recuperar así su crédito, aunque si de antemano ya conoce que no dispone ella de activos para hacerle frente no le será posible percibir ese 50% porque de donde no hay no se puede sacar. También puede denunciarla por incumplimiento de sus obligaciones, dado que, según parece, parte de ese dinero que no recibe estaría destinado a satisfacer las necesidades de las menores. Eso podría forzarla a buscar algua solución por temor a una sentencia condenatoria del orden penal.
Muchas gracias, una sola cosa entonces aunque venga en la sentencia que aunque no trabaje me tiene que pagar el 50% que esta dicho por un juez, si ella no trabaja tendré que seguir pagando yo el 100% de la hipoteca es lo que me quieres decir, tenga en cuenta que la hipoteca esta solo a mi nombre gracias y con esto acabo muchas gracias
Pues sí. Vamos a ver, si la hipoteca está a nombre de los dos, el banco quiere cobrar venga de donde vega el dinero. Si su ex-pareja no abona ese 50%, ud. no puede decirle al banco que sólo paga su 50% porque el otro es de su ex mujer ¿me entiende?, porque el banco ejecutaría esa hipoteca y peligraría la vivienda. Si ud. soporta ese 50% de más, que debería atender su ex mujer, guarde todos los justificantes de pago porque el día que se venda la vivienda, si se produce, ud. tendrá más derecho de cobro que ella. Eso, sin perder de vista lo dicho, que puede ejecutar esa sentencia y tratar de percibir los impagos en cualquier momento que ella trabaje (las ejecuciones no caducan nunca).

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